Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2018 (13/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Martes 13 de marzo de 2018 /

El Peruano

de la Actualización del Estudio Técnico Del Servicio De Transporte De Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados En El Distrito De Ate "Plan Regulador", parte integrante del presente Decreto. Artículo 3º.- APROBAR; el Anexo III sobre las condiciones de adecuación para el acceso a la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores en el Distrito de Ate por personas jurídicas nuevas. Artículo 4º.- APROBAR; el Anexo IV sobre la solicitud de paraderos contemplados y no contemplados en la actualización del Estudio Técnico Plan Regulador y paraderos evaluados en la actualización del Estudio Técnico Plan Regulador. Artículo 5º.- APROBAR; el Anexo V sobre los lineamientos y condiciones especiales respecto a la restricción de la circulación de vehículos menores en vías del Distrito de Ate. Artículo 6º.- APROBAR; el Anexo VI sobre distribución de zonas de trabajo considerados en la actualización del Plan Regulador del Distrito de Ate. Artículo 7º.- DISPONER; una cantidad límite de 13,450 unidades vehiculares que podrán prestar el servicio de transporte de pasajeros en vehículos menores, como flota máxima vehicular, a fin de contener los niveles de saturación de las principales vías del distrito, iniciándose posteriormente la reducción de la flota de manera progresiva a fin de obtener el equilibrio socioeconómico óptimo. Artículo 8º.- DISPONER; que la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad emitirá las resoluciones de autorización de flota a las personas jurídicas autorizadas que hayan cumplido con acreditar la existencia real de su flota. Artículo 9º.- DISPONER; que la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad evaluará las peticiones de otorgamiento de permiso de operación, en cumplimiento de lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA institucional, la Ordenanza Municipal Nº 457-MDA, que regula la prestación del servicio de transporte público de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el Distrito de Ate, considerando los criterios y parámetros técnicos, establecidos en la actualización del Estudio Técnico ­ Plan Regulador y anexos aprobados por el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 10º.- La obligatoriedad de contar con locales de estacionamiento, se establecerá conforme a la tercera disposición complementaria, transitoria y final de la Ordenanza Nº457-MDA, que Regula Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate. Artículo 11º.- Las personas jurídicas que a la entrada en vigencia del presente Decreto de Alcaldía cuenten

con permiso de operación vigente se mantendrán hasta su vencimiento, luego de lo cual deberán efectuar la renovación de su autorización siguiendo el procedimiento correspondiente y adecuándose a la Ordenanza Nº457MDA y al presente Decreto de Alcaldía. Artículo 12º.- DEROGAR Y DEJAR SIN EFECTO; los Decretos de Alcaldía Nº 025-2013-MDA, Nº 007-2016MDA y Nº 030-2016-MDA. Artículo 13º.- DISPONER; que la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad ejecute de manera progresiva las acciones operativas y técnicas necesarias para la implementación de las medidas, lineamientos y recomendaciones propuestas en la actualización del Estudio Técnico ­ "Plan Regulador". Artículo 14º.- DISPONER; que todos los procedimientos administrativos que se encuentren en curso, deberán ser adecuados a la Ordenanza Nº 457MDA y al presente Decreto de Alcaldía. Artículo 15º.- DÉJESE; sin efecto toda norma o disposición legal de igual o menor jerarquía que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 16º.- DISPONER; que se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y el íntegro de los Anexos I, I, III, IV, V, y VI en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1624887-1

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Prorrogan vigencia de beneficio de pronto pago sobre monto de Arbitrios Municipales a que se refiere el D.A. N° 002-2018-DA/ MDPP
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2018-DA/MDPP Puente Piedra, 2 de marzo del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 060-2018-GAT-MDPP de la Gerencia de Administración Tributaria, solicita prorrogar

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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

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