Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2018 (13/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 13 de marzo de 2018 /

El Peruano

La comunicación cursada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Sesión del Comité de Inversiones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para el Proceso de Adhesión a los Códigos de Liberalización de Movimiento de Capitales y de Operaciones Corrientes Invisibles, que se llevará a cabo los días 15 y 16 de marzo de 2018 en la ciudad de París, República Francesa; CONSIDERANDO: Que, el Perú actualmente se encuentra en el proceso de ser reconocido como Estado miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), en coordinación con otras entidades del Estado, como el Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia del Mercado de Valores y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ha venido trabajando aspectos regulatorios necesarios para cumplir con los compromisos que exige la OCDE; Que, entre esos aspectos, se trabajó la adhesión del Perú a los Códigos de Liberalización de Movimiento de Capitales y de Operaciones Corrientes Invisibles y, como producto de dicho trabajo, se concluyó con un reporte de la posición del Perú para ingresar su adhesión a dichos códigos, el cual debe ser sustentado ante el Comité de Inversiones de la OCDE; Que, en ese sentido, siendo de interés nacional e institucional, se ha considerado conveniente designar a las señoritas Susana Fabiola García Merino, Analista Principal de Regulación II del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, y Wendy Maribel Okada Nishikawa, Jefe de Supervisión y Proyectos del Departamento de Supervisión Bancaria D de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, para que en representación de esta Superintendencia, integren la Delegación Peruana que participará en la Sesión del Comité de Inversiones de la OCDE; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de las citadas funcionarias para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de las señoritas Susana Fabiola García Merino, Analista Principal de Regulación II del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, y Wendy Maribel Okada Nishikawa, Jefe de Supervisión y Proyectos del Departamento de Supervisión Bancaria D

de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de la SBS, del 13 al 18 de marzo de 2018 a la ciudad de París, República Francesa, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Las citadas funcionarias, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ Viáticos US$ 2 908,74 4 320,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de las funcionarias cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1625050-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban la actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate - "Plan Regulador" y aprueban otras disposiciones
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2018/MDA Ate, 12 de marzo de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 063-2018-MDA-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 048-2018-MDA-GFC/SGTTV de la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad; el Informe Nº230-2018MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 391-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú y al artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala en su artículo 42º que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

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