Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2018 (14/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER LEGISLATIVO

NORMAS LEGALES
VISTO:

Miércoles 14 de marzo de 2018 /

El Peruano

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30738
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la siguiente Ley de Reforma Constitucional:

El Oficio N° 116-2018-OS-PRES del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN); CONSIDERANDO: Que, el Foro Mundial de Regulación de la Energía constituye el más importante espacio de reunión de entidades reguladoras de todo el mundo, logrando reunir a presidentes y delegados representantes de las agencias de regulación, autoridades de los gobiernos, representantes de la industria energética, instituciones internacionales y especialistas académicos de diversos países, a fin de tratar los últimos avances en materia de energía y su regulación; Que, el Foro Mundial de Regulación de la Energía (WFER) se lleva a cabo cada tres años bajo la organización de la Confederación Internacional de Reguladores de la Energía (ICER), que integra a más de 200 autoridades regulatorias de todo el mundo, representadas por asociaciones nacionales y regionales, como la Comisión Australiana del Mercado Energético (AEMC), Foro Africano para Reguladores de Servicios Públicos (AFUR), Reguladores de Energía y Servicios Públicos de Canadá (CAMPUT), Consejo de Reguladores Europeos de la Energía (CEER), Foro Regulador de la Infraestructura de Asia y el Pacífico (EAPIRF), Asociación Regional de Reguladores de Energía (ERRA), Reguladores Mediterráneos de Energía (MedReg), Asociación Nacional de Comisionados de Servicios Regulatorios (NARUC), Organización de los Reguladores de Servicios del Caribe (OOCUR), Asociación Regional de Electricidad de África del Sur (RERA), Foro de Asia Meridional para la Regulación de la Infraestructura (SAFIR) y la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (ARIAE), ésta última presidida por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN); Que, mediante Cartas de fecha 23 de febrero de 2018, el Coordinador de la Confederación Internacional de Reguladores de Energía (ICER) ha invitado a la señora María Luisa Egúsquiza Mori, Gerente de Supervisión de Energía del OSINERGMIN, al señor Jorge Luis Montesinos Córdova, Asesor Técnico de Presidencia del OSINERGMIN, y al señor Víctor Raúl Zurita Saldaña, Especialista Senior en Análisis Económico del OSINERGMIN; a participar en el Séptimo Foro Mundial sobre Regulación de la Energía (WFER VII), que se realizará del 20 al 23 de marzo de 2018, en la ciudad de Cancún, Estados Unidos Mexicanos; Que, en el Séptimo Foro Mundial sobre Regulación de la Energía (WFER VII) se desarrollarán, entre otros, los siguientes temas: (i) acceso abierto en la industria del gas, regulaciones de seguridad en el suministro de gas natural, desarrollo del mercado de GLP, barreras e incentivos a las nuevas tecnologías; (ii) acceso a la electricidad y gas natural; (iii) respuesta de los reguladores a la volatilidad del mercado internacional de petróleo y gas; (iv) regulación del mercado de generación distribuida, papel de las compañías de distribución en el futuro; (v) coordinación entre responsables políticos y reguladores; (vi) impacto de la tecnología, diseño de mercado y estructura de tarifas en la toma de decisiones de los consumidores; (vii) involucramiento de los consumidores en el proceso regulatorio, participación informada de los consumidores, implementación de nuevas prácticas en audiencias públicas; (viii) enfoques regulatorios de protección a consumidores de bajos ingresos; (ix) rol de los reguladores frente a la inversión en segmentos regulados; avances de las mujeres en el sector energético; y, (x) riesgos a nivel mundial, regional y nacional a los ataques a la ciberseguridad; y medición del desempeño de los reguladores; Que, la participación de representantes del OSINERGMIN en el evento, les permitirá conocer, analizar y debatir con los principales actores de la industria energética, así como con diseñadores de políticas de todo el mundo; las experiencias interrogantes y posibles

LEY DE REFORMA DEL ARTÍCULO 52O DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Artículo único. Modificación del primer párrafo del artículo 52º de la Constitución Política del Perú Modifícase el primer párrafo del artículo 52º de la Constitución Política del Perú, conforme al texto siguiente: "Artículo 52o.- Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente, conforme a ley. [...]". Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los nueve días del mes de marzo de dos mil dieciocho. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MARIO MANTILLA MEDINA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1625801-1

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de representantes de OSINERGMIN a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 051-2018-PCM Lima, 13 de marzo de 2018

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