Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2018 (14/03/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 14 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

5

respuestas a la situación actual de la regulación, lo que sin duda redundará en beneficio del OSINERGMIN; Que, de otro lado, se debe señalar que mediante el documento de fecha 11 de enero de 2018, el OSINERGMIN ha presentado su candidatura para ser anfitrión de la octava edición del Foro Mundial de Regulación de la Energía (WFER VIII), que se llevará a cabo en el año 2021; Que, la realización en el país de un evento de categoría mundial como lo es el Foro Mundial de Regulación de la Energía, permitirá un intercambio activo de conocimientos, experiencias y colaboración entre los participantes; permitiendo la promoción de constantes mejoras de las políticas regulatorias y las mejores prácticas de todas las instituciones miembros; Que, la candidatura del OSINERGMIN como anfitrión de la octava edición del Foro Mundial de Regulación de la Energía (WFER VIII), reviste de especial importancia debido a que la elección de Perú como sede del mencionado evento permitirá promover un mayor desarrollo y consolidar el progreso económico de nuestro país, siendo que la candidatura ha sido respaldada por importantes instituciones nacionales e internacionales; Que, en dicho contexto, dentro del programa del Séptimo Foro Mundial de Regulación de la Energía (WFER VII) se ha considerado realizar la primera reunión de la Directiva de la Confederación Internacional de Reguladores de la Energía (ICER), en la que se sustentará la candidatura del OSINERGMIN como anfitrión para la

siguiente edición del Foro Mundial de Regulación de la Energía (WFER VIII); Que, teniendo en cuenta que la sustentación de la candidatura del OSINERGMIN para ser anfitrión de la octava edición del Foro Mundial de Regulación de la Energía (WFER VIII), se realizará el día 20 de marzo de 2018; resulta necesario que las personas designadas para sustentar la candidatura arriben a la ciudad del evento el 19 de marzo de 2018, fecha en la que realizarán las coordinaciones necesarias con las autoridades regulatorias integrantes de la Confederación Internacional de Reguladores de la Energía (ICER); Que, asimismo, en la reunión de la Directiva de la Confederación Internacional de Reguladores de la Energía (ICER), se llevará a cabo la elección de la Presidencia del ICER para el siguiente periodo, siendo que la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (ARIAE) que preside el OSINERGMIN, presentará su candidatura para presidir el ICER; Que, por otra parte, teniendo en cuenta la asistencia de los organismos reguladores integrantes de la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (ARIAE) al Séptimo Foro Mundial de Regulación de la Energía (WFER VII), se ha previsto la realización de la IV Reunión Extraordinaria de la Asamblea General de ARIAE, a fin de discutir, entre otros, la aprobación de los convenios entre ARIAE y determinadas Universidades para la Escuela Iberoamericana de Regulación (EIR), e informar sobre el avance de los convenios con el Banco

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.