Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2018 (14/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de marzo de 2018 /

El Peruano

ordinaria del 14 de julio de 2016 aprobó, entre otros, el nuevo monto de cofinanciamiento total ascendente a TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO SESENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 337 160 971,00) y, de conformidad a lo determinado en los cronogramas de ejecución financiera previstos en los convenios de cofinanciamiento, corresponde autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por un monto total de DOS MILLONES QUINIENTOS DIECIOCHO MIL SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 2 518 079,00), a favor de dos (02) propuestas ganadoras del Concurso FONIPREL 2016; Que, de otro lado el Consejo Directivo del FONIPREL en sesión ordinaria del 06 de junio de 2017, aprobó la lista de los estudios de preinversión y Proyectos de Inversión Pública del Concurso FONIPREL 2017, seleccionados para el respectivo cofinanciamiento; sin embargo, en virtud a actualizaciones en la información presentada por algunos Gobiernos Locales se modificaron los montos de cofinanciamiento de algunas propuestas, siendo el nuevo monto total ascendente a NOVECIENTOS VEINTISIETE MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 927 124 853,00) y, de conformidad con los cronogramas de ejecución financiera previstos en los convenios de cofinanciamiento, corresponde autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por un monto total de QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES TREINTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 566 030 376,00), a favor de ciento cuarenta y cuatro (144) propuestas ganadoras del Concurso FONIPREL 2017; Que, asimismo el Consejo Directivo del FONIPREL en la sesión ordinaria del 05 de diciembre de 2017, modificó el monto total de cofinanciamiento para la Segunda Etapa del Concurso FONIPREL 2017, siendo el nuevo monto total ascendente a CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL TREINTA Y UNO Y 23/100 (S/ 156 605 031,23) y, de conformidad a lo determinado en los cronogramas de ejecución financiera previstos en los convenios de cofinanciamiento, corresponde autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por un monto total de SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 7 197 278,00), a favor de veintisiete (27) propuestas ganadoras de la Segunda Etapa del Concurso FONIPREL 2017; Que, mediante Memorando N° 141-2018-EF/52.06, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas indica que los recursos del FONIPREL depositados en el Banco Central de Reserva del Perú, ascienden en la Cuenta Moneda Nacional, a un monto de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES Y 02/100 SOLES (S/ 161 498 963,02) y en la Cuenta Moneda Extranjera a un monto de DOSCIENTOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 48/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 208 382 484,48); Que, mediante Oficio N° 022-2018-PCM/SD y Ayuda Memoria de fecha 01 de marzo de 2018, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros emite pronunciamiento sobre la relación de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales comprendidos en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modificada por la Sexta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, en consecuencia, es necesario incorporar vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores del Concurso FONIPREL 2016, Concurso FONIPREL 2017 y Segunda Etapa Concurso FONIPREL 2017, recursos con cargo al Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, hasta

por la suma total de QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 575 745 733,00) respecto de los recursos previstos para la entrega del monto de cofinanciamiento, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 204-2007-EF y el Decreto de Urgencia N° 030-2008; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 575 745 733,00) a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a fin de atender los gastos que demanden la ejecución de los proyectos de inversión y elaboración de estudios de preinversión que resultaron ganadores del Concurso FONIPREL 2016, Concurso FONIPREL 2017 y Segunda Etapa Concurso FONIPREL 2017, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, según el siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 575 745 733 (Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL) -----------------TOTAL INGRESOS 575 745 733 ========== EGRESOS SECCIÓN SEGUNDA : PLIEGOS: Instancias Descentralizadas Gobiernos Regionales Gobierno Locales En Soles 13 616 241 562 129 492 En Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

575 745 733 ----------------575 745 733 ==========

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos a ser incorporados, se consignan en el Anexo 01: "Concurso FONIPREL 2016", Anexo 02: "Concurso FONIPREL 2017" y el Anexo 03: "Segunda Etapa del Concurso FONIPREL 2017", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 2.- Procedimientos para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en el presente Crédito Suplementario, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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