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40 NORMAS LEGALES Jueves 15 de marzo de 2018 / El Peruano De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y en uso de la atribución conferida por el artículo 7 y los literales c) y f) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 364-2015-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar siete (07) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos, y disponer su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: N° Denominación del Bien 1 BUSULFANO, 60 mg/ 10 mL, INYECTABLE, 10 mL 2EFAVIRENZ + EMTRICITABINA + TENOFOVIR, 600 mg + 200 mg + 300 mg, TABLETA 3ESTRADIOL CIPIONATO + MEDROXIPROGESTERONA ACETATO, 5 mg + 25 mg, INYECTABLE, 0,5 mL 4 FLUDROCORTISONA, 100 mcg, TABLETA 5 MERCAPTOPURINA, 50 mg, TABLETA 6 CITRATO DE POTASIO, 1080 mg, TABLETA DE LIBERACIÓN MODIFICADA 7 VINBLASTINA, 10 mg/ 10 mL, INYECTABLE, 10 mL - Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Subasta Inversa y la O fi cina de Tecnologías de la Información realicen la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.perucompras.gob.pe), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRTHA AGUSTINA RÁZURI ALPISTE Jefa (e) de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS 1626034-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 045-2018-OS/CD Mediante O fi cio Nº 9-2018-OS/AAD, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo N° 045-2018-OS/CD, publicada en nuestra edición del día 14 de marzo de 2018. Página 38DICE: Artículo 2.- Designación escalonada de los vocales de la JARUAprobar el periodo de designación de los actuales vocales de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios-JARU, conforme al siguiente detalle: Vocales titulares de las Salas Unipersonales- Héctor Ferrer Tafur, como vocal titular de la Sala Unipersonal 2, hasta el 30 de junio de 2019. - Ricardo Abelardo Sixto Braschi O’Hara, como vocal titular de la Sala Unipersonal 1, hasta el 31 de diciembre de 2019. Vocales titulares de la Sala Colegiada...”DEBE DECIR:Artículo 2.- Designación escalonada de los vocales de la JARU Aprobar el periodo de designación de los actuales vocales de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios-JARU, conforme al siguiente detalle: Vocales titulares de las Salas Unipersonales- Héctor Ferrer Tafur, como vocal titular de la Sala Unipersonal 1, hasta el 30 de junio de 2019. - Ricardo Abelardo Sixto Braschi O’Hara, como vocal titular de la Sala Unipersonal 2, hasta el 31 de diciembre de 2019. Vocales titulares de la Sala Colegiada...” 1626279-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Establecen nuevo nivel de Tarifa Tope denominada “Tarifa Social” aplicable a llamadas efectuadas por beneficiarios hacia destinos fijos y móviles, dentro y fuera de la red móvil de Telefónica del Perú S .A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 66-2018-CD/OSIPTEL Lima, 8 de marzo de 2018 EXPEDIENTE Nº 00002-2018-CD-GPRC/AT MATERIA :Ajuste de la “Tarifa Social” de telefonía móvil prepago ADMINISTRADO Telefónica del Perú S.A.A. VISTO: El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto emitir pronunciamiento con relación al Ajuste de la “Tarifa Social” de telefonía móvil prepago, la cual es aplicada por Telefónica del Perú S.A.A. en el marco de lo estipulado en la Adenda aprobada por Resolución Ministerial N° 091-2013-MTC/03 que renovó el plazo de sus Contratos de Concesión de Telefonía Móvil; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el inciso 5 del artículo 77 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, y en el literal b), numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley N°