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23 NORMAS LEGALES Jueves 15 de marzo de 2018 El Peruano / deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, asimismo, el Decreto Supremo N° 088-2001- PCM, establece en su artículo 1 que para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos se requiere contar con autorización de Ley expresa. De igual manera, el artículo 2 de la citada norma, señala que el Titular de la entidad mediante Resolución que deberá ser publicada establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago. Toda modi fi cación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el artículo 35 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, en concordancia con el artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, y su modi fi catoria, establecen que la Dirección de Metrología es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la metrología, goza de autonomía técnica y funcional y ejerce funciones a nivel nacional. Presta servicios de asesoría técnica en el campo de la metrología y realiza actividades de capacitación y formación técnica; asimismo, los artículos 39 y 40 de la citada Ley establecen que los ingresos provenientes del desarrollo de actividades que realiza el INACAL, constituyen tasas y tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en función al alcance de las actividades ejercidas por los órganos de línea de la institución; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 106-2015-INACAL/PE, se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Instituto Nacional de Calidad; Que, mediante Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 040-2016-INACAL/PE, N° 056-2016-INACAL/PE y N° 060-2017-INACAL/PE, se modi fi ca el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Instituto Nacional de Calidad; Que, mediante Informe N° 046-2018-INACAL/OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, sobre la base de lo sustentado por la Dirección de Metrología en el Informe N° 021-2018-INACAL/DM, emite opinión favorable para la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos del INACAL, con el objeto que se incorpore el servicio “Asistencia metrológica a la industria”, precisándose los requisitos y costos respectivos; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, Disposiciones aplicables a las entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Instituto Nacional de Calidad, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 106-2015-INACAL/PE, modi fi cado por Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 040-2016-INACAL/PE, N° 056-2016-INACAL/PE y N° 060-2017-INACAL/PE, a fi n de incluir el servicio “Asistencia metrológica a la industria”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, y su Anexo en el Portal Institucional del INACAL (www.inacal.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 3- Disponer la publicación de una versión consolidada del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Instituto Nacional de Calidad, en el Portal Institucional del INACAL (www.inacal.gob.pe), que incluya los servicios previstos en las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 106-2015-INACAL/PE, N° 040-2016-INACAL/PE, N° 056-2016-INACAL/PE y N° 060-2017-INACAL/PE, y en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCIO BARRIOS ALVARADO Presidenta EjecutivaInstituto Nacional de Calidad 1625516-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Cuba, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0141/RE-2018 Lima, 12 de marzo de 2018CONSIDERANDO:Que, el 24 de noviembre de 2017, se realizó en la sede de la Cancillería peruana una reunión de trabajo entre los señores Viceministros de Relaciones Exteriores del Perú y Cuba, con el objetivo de abordar diversos temas de la relación bilateral; Que, luego de las coordinaciones realizadas entre los Ministerios de Relaciones Exteriores del Perú y Cuba, se acordó realizar la III Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Bilateral, en la ciudad de La Habana, República de Cuba, el 19 de marzo de 2018; Que, en tal sentido, se estima conveniente la participación del señor Viceministro de Relaciones Exteriores del Perú y del Director de América del Sur, de la Dirección General de América, en la citada reunión; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 628 del Despacho Viceministerial, de 7 de marzo de 2018, y la Memoranda (DGA) N° 00116/2018, de la Dirección General de América, de 6 de marzo de 2018; y (OPR) N° OPR00110/2018, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 7 de marzo de 2018, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos a la ciudad de La Habana, República de Cuba, el 19 de marzo de 2018, para participar en la III Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Bilateral: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, Viceministro de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; y,