Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2018 (15/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 15 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Arequipa, así como la Municipalidad Provincial de Caravelí y las Municipalidades distritales involucradas, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y la participación del Ministerio de Educación, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; deben continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para atender el impacto de daños. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Educación, el Ministro de Salud, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO Ministro de Educación ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Agricultura y Riego BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1626285-1

Autorizan viaje de la Ministra del Ambiente a Brasil y EE.UU., y encargan su Despacho al Ministro de Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 055-2018-PCM Lima, 12 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas

por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, a través del documento OF.RE (DMA) N° 2-21-C/33 de fecha 26 de enero de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores traslada al Ministerio del Ambiente la invitación del Ministro de Estado de Medio Ambiente de Brasil, para participar en el VIII Foro Mundial del Agua, cuyo tema es "Compartiendo Agua", en adelante el Foro, a llevarse a cabo en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 19 al 23 de marzo de 2018; Que, asimismo, mediante el documento PE010/2018 de fecha 24 de enero 2018, el Banco de Desarrollo de América Latina - CAF cursa invitación a la Ministra del Ambiente para que participe como panelista en el Foro. Cabe señalar que la citada funcionaria participará en el Foro el día 20 de marzo de 2018, en los siguientes paneles: High Level Panel "Source-to-Sea Management" y Side event "Financing wastewater treatment in LAC"; Que, el mencionado evento permitirá participar en el diálogo del proceso de toma de decisiones sobre el agua a nivel mundial, buscando lograr el uso racional y sostenible de este recurso, abordando temas que resulten prioritarios en cada región; así como intercambiar soluciones y buenas prácticas sobre el tema, promoviendo la cooperación entre países e instituciones que contribuya a compartir los beneficios proporcionados por el agua; Que, de otro lado, mediante el documento OF.RE (DMA) N° 2-21-C/28 de fecha 25 de enero de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al Ministerio del Ambiente sobre la invitación formulada por el Presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas al señor Presidente de la República para participar en el Lanzamiento Oficial de la Década Internacional para la Acción "Agua para el Desarrollo Sostenible 2018-2028", el día 22 de marzo de 2018, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; y hace de conocimiento el Oficio N° 000012-2018-DP-SG, de la Secretaría General de la Presidencia de la República del Perú, mediante el cual se informa la disposición del señor Presidente de la República para que el Gobierno sea representado en el referido evento por un alto funcionario, entre otros, del Ministerio del Ambiente; Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación de la Ministra del Ambiente en los referidos eventos, los mismos que contribuirán con el cumplimiento de los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas; Que, siendo de interés nacional, resulta necesario autorizar el viaje de la señora Ministra del Ambiente para que participe en el VIII Foro Mundial del Agua, debiendo precisarse que los costos relacionados con su participación en este evento serán cubiertos por el Banco de Desarrollo de América Latina - CAF; asimismo, resulta necesario autorizar el viaje de la señora Ministra del Ambiente para que participe en el Lanzamiento Oficial de la Década Internacional para la Acción "Agua para el Desarrollo Sostenible 2018-2028", cuyos costos relacionados con su participación serán cubiertos con presupuesto del Estado; Que, en tanto dure la ausencia de la titular, es necesario encargar el Despacho del Ministerio del Ambiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de

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