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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2018 (15/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 15 de marzo de 2018 El Peruano / Supremo N° 117-2014-EF, la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal es el órgano de línea del Ministerio encargado de asegurar la estabilidad macroeconómica y fi nanciera del país, a través del diseño y propuesta de las políticas económicas, tomando en consideración el entorno macroeconómico y reglas fi scales vigentes del país; Que, en ese sentido, se ha estimado por conveniente que el señor Carlos Humberto Montoro Llamosas, Director General de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, participe en el citado evento, debido a la vinculación de los temas a tratar con las funciones que realiza; Que, en consecuencia, siendo de interés institucional, resulta pertinente autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por concepto de viáticos y transporte aéreo serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01 “Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas”, aprobada por Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; SE RESUELVE:Articulo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Carlos Humberto Montoro Llamosas, Director General de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América del 15 al 17 de marzo de 2018, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 2,639.58 Viáticos (1 + 1 día) : US $ 880.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado, deberá presentar al Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1626283-1 EDUCACION Disponen la implementación y ejecución a nivel nacional de la Evaluación Censal de Estudiantes 2018 (ECE 2018) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-2018-MINEDU Lima, 14 de marzo de 2018VISTOS, el Expediente N° 0030701-2018, el Informe Nº 006-2018-MINEDU/SPE-UMC de la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, el Informe N° 173-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007-ED, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 017-2015-MINEDU, declara de preferente interés para el Sector Educación la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo, la misma que incluye, entre otras, la evaluación de logros de aprendizaje de estudiantes de educación básica; Que, de acuerdo al artículo 1 del Decreto Supremo Nº 015-2008-ED, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 017-2015-MINEDU, el Ministerio de Educación, mediante resolución de su Titular, dispondrá la implementación y ejecución de las evaluaciones del sistema educativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007-ED; Que, mediante el Informe Nº 006-2018-MINEDU/ SPE-UMC, la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, sustenta la necesidad de implementar y ejecutar, en el año 2018, la Evaluación Censal de Estudiantes (ECE) y la Evaluación Muestral (EM), en las instituciones educativas públicas y privadas de la Educación Básica Regular, que registren cinco o más estudiantes matriculados en el grado; así como, el Programa para la Evaluación Internacional de Estudiantes (PISA); Que, al respecto, se solicita la implementación de la ECE 2018 para los siguientes estudiantes: a) del cuarto grado de educación primaria, en las áreas curriculares de “Comunicación” y “Matemática”; b) del cuarto grado de educación primaria de las instituciones educativas que desarrollan Educación Intercultural Bilingüe, en las áreas curriculares de “Castellano como segunda lengua” y “Comunicación”; y c) del segundo grado de educación secundaria, en las áreas curriculares de “Comunicación”, “Matemática”, “Historia, Geografía y Economía” y “Ciencia, Tecnología y Ambiente”; Que, asimismo, se propone la realización de la EM 2018 a una muestra representativa de la población de estudiantes del país, del sexto grado de educación primaria, en el área curricular de “Personal Social”; y del segundo grado de educación secundaria, en el área curricular de “Comunicación”; Que, también se propone la implementación y ejecución del PISA 2018, en una muestra de estudiantes de 15 años de edad que se encuentran matriculados en algún grado de educación secundaria o su equivalente en instituciones educativas públicas y privadas de la Educación Básica; Que, la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes también señala que en un grupo de instituciones educativas, previamente identi fi cadas por el Ministerio de Educación y comunicadas a las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local correspondientes, la ECE 2018 y EM 2018 se desarrollarán en fechas diferentes; precisando, que dicha medida permitirá optimizar los procesos operativos y asegurar los principios de con fi dencialidad, probidad y estandarización sobre los que se construye la ECE y la EM; Que, asimismo, la referida o fi cina señala que el Ministerio de Educación pondrá a disposición de las instituciones educativas, un sistema de registro en el que se deberá completar información sobre los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales asociadas