Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2018 (15/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 15 de marzo de 2018 /

El Peruano

de Seguridad Ciudadana del Viceministerio de Seguridad Pública del Ministerio del Interior; Que, por razones de servicio resulta necesario designar al servidor público que ocupe el mencionado cargo; Con la visación del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Enrique David Quinto Castro Vargas en el cargo público de confianza de Director General de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Viceministerio de Seguridad Pública del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1626282-3

judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, mediante Informe Nº 0242018/COE-TPC, del 02 de marzo de 2018, propone acceder a la solicitud de extradición activa del requerido; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina suscrito el 11 de junio de 2004 y vigente desde el 19 de julio de 2006; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CARLOS ALBERTO CANALES CORIA, formulada por el Cuarto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para el cumplimiento de condena por el delito contra el Patrimonio - Extorsión en grado de tentativa, en agravio de Edwin Teodoro Moreno Juan; y, disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1626285-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 049-2018-JUS Lima, 14 de marzo de 2018 VISTO; el Informe Nº 016-2018/COE-TPC, del 21 de febrero de 2018, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano LUIS ERNESTO DELGADO VELASQUEZ a la República Argentina, formulada por la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en agravio de Alberto Alonso Calderón Gómez; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema, en cumplimiento de la ley y de los tratados; Que, conforme al inciso 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos y disponen su presentación a la República Argentina
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 048-2018-JUS Lima, 14 de marzo de 2018 VISTO; el Informe Nº 024-2018/COE-TPC, del 02 de marzo de 2018, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CARLOS ALBERTO CANALES CORIA a la República Argentina, formulada por el Cuarto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el cumplimiento de condena por el delito contra el Patrimonio - Extorsión en grado de tentativa, en agravio de Edwin Teodoro Moreno Juan; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema, en cumplimiento de la Ley y de los tratados; Que, conforme al inciso 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva del 14 de febrero de 2018, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CARLOS ALBERTO CANALES CORIA, para el cumplimiento de condena por el delito contra el Patrimonio - Extorsión en grado de tentativa, en agravio de Edwin Teodoro Moreno Juan (Expediente N° 17-2018); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento

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