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31 NORMAS LEGALES Viernes 16 de marzo de 2018 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Nota RE (CON) Nº 10/1, de 08 de enero de 2018, el Gobierno peruano otorga consentimiento a la designación de la señora Ana María Kuljevan Peinovi ć, como Cónsul Honoraria de la República de Croacia en Lima, con jurisdicción en el territorio de la República del Perú; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede el reconocimiento de la señora Ana María Kuljevan Peinovi ć, como Cónsul Honoraria de la República de Croacia en Lima; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, así como en los artículos 9º, inciso 1), y 12º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Reconocer a la señora Ana María Kuljevan Peinovi ć, como Cónsul Honoraria de Croacia en Lima, con jurisdicción en el territorio de la República del Perú. Artículo 2º.- Extenderle el Exequátur correspondiente. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores 1626765-9 Crean la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Puerto Maldonado, departamento de Madre de Dios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0148/RE-2018 Lima, 15 de marzo de 2018CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Ley Nº 29778 – Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronteriza, establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano rector del Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza, encargado de determinar las normas y procedimientos relacionados con la fi nalidad del Sistema; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 020 2002-RE, que crea las O fi cinas Descentralizadas (actualmente O fi cinas Desconcentradas) del Ministerio de Relaciones Exteriores, y en el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, las O fi cinas Desconcentradas se crean con el fi n de impulsar la ejecución de la Estrategia Nacional de Desarrollo Fronterizo del país, la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial y el aprovechamiento e fi ciente, en las zonas concernidas, de los acuerdos binacionales y regionales de integración y cooperación en los que participa el Perú, apoyando el proceso de descentralización del país; Que, en ese marco legal, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 135 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, las O fi cinas Desconcentradas estarán ubicadas en la ciudad capital de cada departamento y tendrán como circunscripción el territorio del mismo, pudiendo abarcar más de un departamento en forma concurrente;Que, la difusión del potencial económico, turístico y la biodiversidad del departamento de Madre de Dios, contribuirá a la captación de nuevas inversiones, turismo y cooperación internacional, lo que conllevará el desarrollo sostenido de la región; Que, una O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Puerto Maldonado, departamento de Madre de Dios, permitirá atender la demanda de servicios de legalización, apostilla y otros trámites, así como impulsar el desarrollo y la cooperación fronteriza, a través de pasos de frontera; Que, el inciso 15) del artículo 6º de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece como una de sus funciones especí fi cas formular, promover, supervisar y evaluar el cumplimiento de la Política Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza con los demás sectores competentes y con los gobiernos regionales y locales correspondientes; Que, en ese sentido, es necesario reforzar la labor del Ministerio de Relaciones Exteriores en dicha región fronteriza mediante la creación de una O fi cina Desconcentrada en la ciudad de Puerto Maldonado; Que, mediante Memorándum (OPP) Nº OPP00359/2018, de 13 de marzo de 2018, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto informa que se han previsto los recursos presupuestales para fi nanciar la creación y funcionamiento de la O fi cina Desconcentrada en la ciudad de Puerto Maldonado; Con los visados de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Asuntos Legales, y de la Secretaria General; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29357 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; Ley Nº 29778 – Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronteriza; el Decreto Supremo Nº 020-2002-RE; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Creación de la O fi cina Desconcentrada en Madre de Dios Crear la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Puerto Maldonado, departamento de Madre de Dios. Artículo 2º.- Implementación Encargar a la O fi cina General de Administración, en coordinación con la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, la implementación de la O fi cina Desconcentrada creada mediante la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores 1626690-1 SALUD Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria por el plazo de noventa (90) días calendario en doce (12) distritos de las provincias de Pasco y Daniel Alcides Carrión del departamento de Pasco DECRETO SUPREMO Nº 005-2018-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA