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5 NORMAS LEGALES Domingo 18 de marzo de 2018 El Peruano / Designan Gerente Regional de Tumbes de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 020-2018-RCC/DE Lima, 15 de marzo de 2018VISTO: el Memorándum N°103-2018-RCC/GA y el Informe N° 018-2018-RCC/ GA/RH; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 6 de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de con fi anza surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo disposición en contrario que postergue su vigencia; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres, se crea la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, como entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley N° 30556 antes citada, establece que la Autoridad no está sujeta a las disposiciones referidas a la aprobación de un Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones, Cuadros de Asignación de Personal y otros instrumentos de gestión, precisando que por Decreto Supremo, se establece la forma por la cual la entidad cumple las fi nalidades de dichos instrumentos de gestión; Que, mediante Decreto Supremo N° 088-2017-PCM se aprueban las Disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, estableciéndose en el inciso ñ) del artículo 8 de dichas Disposiciones, que la Dirección Ejecutiva tiene como función, designar y remover a los titulares de los cargos de con fi anza de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 06-2017-RCC/DE y sus modi fi catorias se aprueba la Estructura de Cargos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, la que prevé, entre otros, los requisitos para el ejercicio del cargo de Gerente Regional; Que, conforme lo señalado en el Informe N° 018-2018- RCC/GA-RH el cargo de con fi anza de Gerente Regional de Tumbes se encuentra vacante, siendo necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo. Para este efecto, se ha evaluado la documentación del señor José Manuel Boggio Luna, quien cumple con los requisitos para ocupar el cargo en mención; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo de Gerente Regional de Tumbes de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, cargo considerado de con fi anza, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de las Disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Autoridad de Reconstrucción con Cambios, y que se encuentran previstos en la Estructura de Cargos de la Entidad, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 006-2017-PCM/RCC y sus modi fi catorias; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, el Decreto Supremo Nº 088-2017-PCM, que aprueba las Disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE:Artículo Único. - Designar a partir del 19 de marzo de 2018, al señor José Manuel Boggio Luna, en el cargo de confi anza de Gerente Regional de Tumbes de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR QUISPE REMÓN Director EjecutivoAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 1627511-2 AGRICUL TURA Y RIEGO Aprueban el documento denominado: “Norma que Promueve la Medición y Reducción Voluntaria de la Huella Hídrica y el Valor Compartido en las Cuencas” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 104-2018-ANA Lima, 16 de marzo de 2018 VISTO:El Informe Técnico N° 017-2018-DSNIRH/JPMS, de fecha 01 de marzo de 2018, emitido por la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, encargado de dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, en el año 2014 se aprobó la ISO 14046:2014 – Gestión ambiental – Huella de Agua – Principios, requisitos y directrices; constituyéndose en la primera norma internacional sobre Huella Hídrica, con el objetivo de evaluar los impactos ambientales que las diferentes actividades tienen sobre el agua, a fi n de ayudar a mejorar la gestión de este recurso en el mundo; Que, bajo ese contexto, se aprobó la “Norma que Promueve la Medición Voluntaria de la Huella Hídrica”, mediante Resolución Jefatural N° 246-2015-ANA, la cual fue modi fi cada a través de la Resolución Jefatural N° 051-2016-ANA, y fi nalmente sustituida a través de la Resolución Jefatural N° 126-2017-ANA; Que, a fi n de impulsar la medición voluntaria de la Huella Hídrica, recoger la experiencia generada desde el año 2015, y en aras que guarde relación con la norma internacional citada en el segundo considerando, la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos ha propuesto uni fi car la información contenida en las normas anteriores, precisando ciertos aspectos, por lo que resulta conveniente aprobar un nuevo texto normativo que promueva la medición voluntaria de la Huella Hídrica; Que, estando a lo anterior, y con los vistos de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, la Dirección Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos y la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y la Secretaría General; y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11° del Reglamento de Organización y