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6 NORMAS LEGALES Domingo 18 de marzo de 2018 / El Peruano Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el documento denominado: “Norma que Promueve la Medición y Reducción Voluntaria de la Huella Hídrica y el Valor Compartido en las Cuencas” que consta de siete (07) títulos y diecisiete (17) artículos. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y del documento que se aprueba en el artículo precedente la página web de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3°.- Derogar la Resolución Jefatural N° 126- 2017-ANA. Artículo 4°.- A fi n de compatibilizar la presente resolución con la norma internacional ISO 14046:2014, entiéndase que toda referencia a Huella Hídrica en la presente norma deberá entenderse como Huella de Agua, conforme a la traducción o fi cial de la norma ISO precitada. Artículo 5°.- La Constancia de Inscripción en el Programa Huella Hídrica, así como las entidades verifi cadoras o revisoras que se encuentran inscritas a la entrada en vigencia de la presente resolución, mantendrán su validez en el marco de la presente normativa. Regístrese, comuníquese y publíqueseABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA JefeAutoridad Nacional del Agua 1627161-1 Aprueban el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Nacional del Agua para el año 2018 - PLANEFA 2018” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 105-2018-ANA 16 de marzo de 2018VISTOS:El Informe Técnico Nº 030-2018-ANA-DCERH, elaborado por la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, el Memorando N° 723-2018-ANAOPP/UPM, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y, el Informe Legal N° 231-2018-ANA-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – SINEFA, el cual está a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, como ente rector; Que, el Artículo 2° de la Ley, dispone que el SINEFA rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental; Que, el Artículo 7° de la Ley, establece que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA; forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de dicha Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema; Que, el párrafo 6.1 del Artículo 6° del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, establece que los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental – PLANEFA, son los instrumentos de plani fi cación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización – EFA programa las acciones a su cargo en materia de fi scalización ambiental a ser efectuadas durante el año fi scal; asimismo, señala que los PLANEFA son elaborados, aprobados y reportados en su cumplimiento por la EFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto; Que, mediante el Informe de Vistos, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos sustenta la aprobación del “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Nacional del Agua para el año 2018 – PLANEFA 2018”, considerando las actividades de evaluación y supervisión previstas a desarrollar en el presente año por los órganos desconcentrados, las cuales se encuentran acordes al Plan Operativo Institucional 2018 de la ANA, con el objeto de garantizar el ejercicio adecuado de las competencias asignadas a esta Autoridad por la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos; Que, por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD, modi fi cada por Resolución de Consejo Directivo N° 026-2016-OEFA/CD, se aprueban los “Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA”, el cual establece que el PLANEFA es aprobado mediante Resolución del titular de la EFA, y contendrá, como mínimo, un diagnóstico de la problemática ambiental que se circunscribe al ámbito de acción de la EFA correspondiente, la identi fi cación de las unidades orgánicas responsables de la fi scalización ambiental, así como el detalle de las acciones de evaluación y supervisión ambiental a ser ejecutadas por la EFA; Que, a través del Memorando N° 723-2018-ANA-OPP/ UPM, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la propuesta de Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Nacional del Agua, correspondiente al año 2018; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Nacional del Agua correspondiente al año 2018; Con los vistos buenos de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Asesoría Jurídica y Secretaría General, y de conformidad con la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; y los Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD, modi fi cado por Resolución de Consejo Directivo N° 026- 2016-OEFA/CD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del PLANEFA 2018 Aprobar el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Nacional del Agua para el año 2018 – PLANEFA 2018”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Seguimiento del PLANEFA 2018 Disponer que la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos se encargue del seguimiento de la ejecución del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2018, aprobado en el Artículo 1° precedente, de acuerdo a las funciones que le atribuye el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI. Artículo 3°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y del PLANEFA 2018 que se aprueba en el Artículo 1° precedente, en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe), con excepción de lo referido a la programación de acciones de fi scalización, a fi n de asegurar la efectividad