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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2018 (18/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 18 de marzo de 2018 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Varinia Elva Tello Bustos, en el cargo de Directora de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor Manuel Pablo Fernandini Capurro, Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, el puesto de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adición a sus funciones, en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1627507-1 Aprueban Transferencia Financiera del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor del “Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 103-2018-VIVIENDA Lima, 16 de marzo de 2018CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 189 550 098,00), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, la Sexagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar transferencias fi nancieras a favor del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud”, creado mediante la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el cual se denominará “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento”, con cargo a su presupuesto institucional, en las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; así como para el fi nanciamiento de inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y de rehabilitación, en materia de agua y saneamiento de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, la cual se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con Memorando Nº 622-2018/VIVIENDA-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 088-2018/VIVIENDA-OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto y emite opinión favorable en materia presupuestaria para aprobar una Transferencia Financiera hasta por la suma de CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 170 249 299,00), a favor del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento” para fi nanciar proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento rural, requeridos por el Programa Nacional de Saneamiento Rural; precisándose que dichos recursos serán fi nanciados en su totalidad, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 170 249 299,00) a favor del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento” para fi nanciar proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento rural; De conformidad con lo dispuesto en la Sexagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento” Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 170 249 299,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento”, para fi nanciar proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento rural. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada en la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 del presente dispositivo son para el fi nanciamiento de proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento rural, y no podrán ser destinados a fi nes distintos, bajo responsabilidad. Artículo 4.- Publicación y Difusión Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1627507-2