Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Jueves 29 de marzo de 2018 /

El Peruano

veterinario acreditado, quien ha comprobado la identidad de los animales y constatado la ausencia de tumoraciones, heridas frescas o en proceso de cicatrización, ni signo alguno de enfermedades cuarentenables o transmisibles ni presencia de ectoparásitos. 5. Las jaulas/recipientes utilizadas para el transporte de los animales han sido lavadas y desinfectadas y no han estado expuestas a contaminación por agentes infecciosos. Estos son seguros y acondicionados para el transporte de dichos animales. 6. Los vehículos de transporte, fueron lavados y desinfectados previamente al embarque de los animales utilizando productos autorizados por la autoridad competente de Holanda. PARÁGRAFO Al llegar al Perú los animales permanecerán en cuarentena por un periodo de 30 días en un lugar autorizado por el SENASA, sometiéndose a las medidas que se dispongan. 1631983-1

Visto, el Memorándum Nº 010-2018-MINCETUR/ SG/ETFPA emitido por el Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria, el Memorándum Nº 090-2018-MINCETUR/DGA/DCITAT emitido por la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo y el Memorándum Nº 107-2018-MINCETUR/VMT/DGA emitido por la Dirección General de Artesanía; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 186-2017-MINCETUR, se actualizó la designación del Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual está a cargo del proceso de fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos de la entidad, que se desarrolla en cumplimiento de lo establecido en el inciso 33.1 del artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley General del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017JUS; Que, el Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria designado por Resolución Ministerial Nº 186-2017-MINCETUR, modificada con Resolución Ministerial Nº 027-2018-MINCETUR/DM, mediante el Memorándum N° 010-2018-MINCETUR/SG/ETFPA, informó que la Dirección General de Artesanía dispuso la actualización de la designación del representante de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica en Artesanía, reemplazándose al señor José Abelardo Padilla Maguiña profesional de la citada Dirección, por el señor Víctor Rafael Santisteban Herrera, profesional de la misma Dirección, razón por la cual corresponde la designación de un nuevo representante a fin de salvaguardar la operatividad del Equipo; Que, mediante Memorándum N° 090-2018-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT, la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica en Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía ha cumplido con designar a su nuevo representante ante el Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria, por lo que corresponde actualizar su designación; De conformidad con la Ley Nº 27790 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, y el Decreto Supremo Nº 096-2007PCM, que regula la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos por parte del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 186-2017-MINCETUR, que actualiza la designación del Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo a los siguientes términos: "Artículo 1.- Actualizar la designación del Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo conforme al siguiente detalle: (...) - Sr. Víctor Rafael Santisteban Herrera, de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica en Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía"; (...) Artículo 2º.- Disponer que el representante de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica en Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía, ante el Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, se registre en la Central de Riesgo Administrativo, a cargo de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia

Encargan funciones de Administrador Local de Agua Alto Huallaga
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 118-2018-ANA Lima, 27 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI, señala que en tanto se implemente el Cuadro de Puestos de la Entidad CPE o equivalente de la Autoridad Nacional del Agua, la Jefatura queda facultada para encargar, mediante Resolución Jefatural, las funciones de los Directores de las Autoridades Administrativas del Agua; Que, se encuentra vacante el cargo de Administrador Local de Agua Alto Huallaga, por lo que resulta necesario encargar dichas funciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, con efectividad al 02 de abril de 2018, las funciones de Administrador Local de Agua Alto Huallaga, al Ing. Pedro Crisanto Saravia Baltazar. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1631520-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican la R.M. N° 186-2017-MINCETUR que actualiza la designación del Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 113-2018-MINCETUR Lima, 26 de marzo de 2018

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