Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 29 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Ordenanza Nº 07-2018-MPC.- Aprueban propuesta de cambio de zonificación de diversos predios del distrito de Imperial 146 Ordenanza Nº 08-2018-MPC.- Ordenanza que aprueba modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Mala, provincia de Cañete 148 Ordenanza Nº 09-2018-MPC.- Aprueban modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Vicente, provincia de Cañete 152 Ordenanza Nº 010-2018-MPC.- Aprueban modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Mala, provincia de Cañete 154 D.A. Nº 01-2018-MPC.- Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 006-2018-MPC que aprobó el Incentivo de Pronto Pago Tributario 2018 157 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUNAHUANA Ordenanza N° 001-2018-MDL.- Modifican la Ordenanza N° 003-2017-MDL, que regula el funcionamiento y sanción

de establecimientos comerciales dedicados al giro de restaurantes, agencias de viajes y turismo 158

SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA RR. Nºs. 046, 047, 048, 049, 050, 051, 052, 053 y 0542018-OS/CD.- Resoluciones del Consejo Directivo de OSINERGMIN SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Res. Nº 035-2018-SUNEDU/CD.- Resolución que otorga la Licencia Institucional a la Universidad Privada Antenor Orrego, para ofrercer el servicio educativo superior universitario Oficio N° D000027-2018-PCM/VGT de fecha 20 de marzo de 2018 del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; informa que debido a la situación crítica que se presenta y al registro de daños ocasionados por las intensas precipitaciones pluviales que han originado desastres en varias zonas de los departamentos de Puno y Huánuco, resulta necesaria la ejecución de acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado; Que, para la elaboración del Informe Situacional N° 00010-2018-INDECI/11.0, y sus conclusiones, el INDECI tuvo en consideración los siguientes documentos: (i) Reporte Complementario N° 244-19/03/2018/COENINDECI/11:30; (ii) Reporte Complementario N° 24819/03/2018/COEN-INDECI/ 11:30; (iii) Reporte preliminar N° 149-20/03/2018/COEN-INDECI/ 12:50; y, (iv) Reporte Complementario N° 247-19/03/2018/COEN-INDECI/ 12:20, emitidos por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) administrado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, asimismo, en el citado informe situacional el INDECI señala las acciones de respuesta realizadas en las zonas afectadas precisando que éstas son insuficientes para la atención de la emergencia; además, informa sobre las medidas y/o acciones a ejecutar. En el citado informe situacional, el INDECI concluye que al haber sido sobrepasada la capacidad de respuesta de los Gobiernos Regionales de Puno y Huánuco ante la magnitud de los daños, resulta necesaria la intervención del Gobierno Nacional; por lo que recomienda se declare el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario, en la capital del distrito de Sandia, provincia de Sandia, en el Centro Poblado Collini del distrito de Pomata, provincia de Chucuito, y en el Centro Poblado de Jacha Jaa del distrito de Moho, provincia de Moho, del departamento de Puno, así como en el distrito de Ambo, provincia de Ambo, del departamento de Huánuco, por desastre a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en salvaguarda de la vida y salud de la población expuesta y cercana a las zonas afectadas; Que, en efecto, la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas de excepción urgentes que permitan a los Gobiernos Regionales de Puno y Huánuco, así como a los Gobiernos Locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del INDECI, y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y del Ministerio de Energía y Minas, y demás

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en la capital del distrito de Sandia, provincia de Sandia, en el Centro Poblado Collini del distrito de Pomata, provincia de Chucuito, y en el Centro Poblado de Jacha Jaa del distrito de Moho, provincia de Moho, del departamento de Puno; y, en el distrito de Ambo, provincia de Ambo del departamento de Huánuco, por desastre a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales
DECRETO SUPREMO Nº 034-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.5 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, en concordancia con lo dispuesto en los numerales 5.3 y 9.2 de los artículos 5 y 9 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre", aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la Presidencia del Consejo de Ministros, excepcionalmente, presenta de Oficio ante el Consejo de Ministros, la declaratoria de Estado de Emergencia ante la condición de peligro inminente o la ocurrencia de un desastre, previa comunicación de la situación y propuesta de medidas y/o acciones inmediatas que correspondan, efectuada por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, mediante el Oficio N° 1022-2018-INDECI/5.0 de fecha 20 de marzo de 2018, el Jefe del INDECI, remite el Informe Situacional Nº 00010-2018-INDECI/11.0, de fecha 20 de marzo de 2018, emitido por la Dirección de Respuesta de dicha Entidad, que teniendo en consideración el requerimiento formulado mediante el

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