Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2018 (06/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Domingo 6 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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y Cooperación Técnica el cumplimiento del desarrollo del proceso, conforme los lineamientos del Instructivo Nº 0012010-EF/76.01, "Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados", aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01. Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones internas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos, la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo (www. munimvmt.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CESAR A. INFANZON QUISPE Alcalde 1644188-4

Aprueban Memoria Anual de Gestión Institucional del año fiscal 2017 de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2018/MVMT Villa María del Triunfo, 28 de marzo del 2018 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 141-2018-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 71-2018-SGpyCT-GPP/ MVMT de la Sub Gerencia de Planeamiento y Cooperación Técnica, el Dictamen Nº 005-2018-MDVMT-CARPP de la Comisión de Administración, Renta, Planeamiento y Presupuesto del Concejo Municipal de Villa María del Triunfo; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que, la autonomía señalada en la Constitución para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Perú y en la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la misma deber ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los limites que señala la ley; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su numeral 17) del Artículo 9º, que es atribución del Concejo Municipal, aprobar el Balance y la Memoria; Que, el numeral 11) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, dispone que es atribución del Alcalde someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido; Que, el Artículo 54º de la norma en comento, establece que la contabilidad se lleva de acuerdo con las normas generales de contabilidad pública, a no ser que la ley imponga otros criterios contables simplificados. Los registros y libros respectivos deben ser legalizados. Fenecido el ejercicio presupuestal, bajo responsabilidad del Gerente Municipal o quien haga sus veces, se formula

el balance general de ingresos y egresos y se presenta la Memoria Anual, documentos que deben ser aprobados por el Concejo Municipal dentro de los plazos establecidos en el Sistema Nacional de Contabilidad; Que, la Memoria Anual de Gestión Institucional es el documento consolidado resultante de la sistematización de todas las actividades oficiales, suministrados por los distintos órganos de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo y tiene como objeto presentar los resultados de la gestión durante el año fiscal anterior, los mismos que están orientados al cumplimiento progresivo de las metas, objetivos y visión contemplados en el Plan de Desarrollo Concertado y el Plan Estratégico Institucional; Que, mediante Informe Nº 141-2018-GAJ-MVMT la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se eleve al Concejo Municipal la propuesta de la Memoria Anual del año fiscal 2017 de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo para su aprobación; Que, mediante Dictamen Nº 005-2018-MDVMTCARPP la Comisión de Administración, Rentas, Planeamiento y Presupuesto del Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, propone aprobar la Memoria Institucional correspondiente al año 2017; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el Voto UNÁNIME del Pleno del Concejo, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Memoria Anual de Gestión Institucional del año fiscal 2017 de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, según lo expuesto en la parte considerativa y conforme al documento que forma parte integrante del presente acuerdo. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos su publicación del texto íntegro del Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo(www. munivmt.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás Unidades Orgánicas competentes, el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CESAR A. INFANZON QUISPE Alcalde 1644188-1

Aprueban Estado de Situación Financiera de la Municipalidad por el periodo comprendido al 31 de diciembre de 2017
ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2018/MVMT Villa María del Triunfo, 28 de marzo del 2018 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 140-2018-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 040-2018-GAF/MVMT de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 192-2018-SGCC-GAF/MVMT de la Sub Gerencia de Contabilidad y Costos, el Dictamen Nº 005-2018-MDVMTCARPP de la Comisión de Administración, Rentas, Planeamiento y Presupuesto del Concejo Municipal de Villa María del Triunfo; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos

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