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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2018 (06/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

51 Domingo 6 de mayo de 2018 El Peruano / Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS TARIFA (S//m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,1130 Doméstico0 a 8 0,1207 8 a 20 0,1566 20 a más 0,3336 NO RESIDENCIAL Comercial y Otros 0 a más 0,3995 Industrial 0 a más 0,4412 Estatal 0 a más 0,3336 Nota: Las tarifas no incluyen IGV. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial y OtrosIndustrial Estatal 18 15 15 50 50 Nota: (1) Con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Para determinar el importe a facturar por los servicios de agua potable, se aplicará el siguiente procedimiento: a. A los usuarios de las categorías social, comercial y otros, industrial y estatal se aplicará la tarifa correspondiente a todo el volumen consumido. b. A los usuarios de la categoría doméstico, se les aplicará las tarifas establecidas para cada nivel de consumo, de acuerdo al procedimiento siguiente: • Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 8 m 3), se les aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango. • Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (más de 8 m3), se les aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 8 m 3 consumidos, y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen en exceso de 8 m 3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. • Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del tercer rango (más de 20 m 3), se les aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 8 m3 consumidos; ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen comprendido entre 8 m 3 y 20 m3, y iii) la tarifa correspondiente al tercer rango por el volumen en exceso de 20 m 3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. La determinación del importe a facturar para el servicio de alcantarillado se realizará utilizando el mismo procedimiento descrito para el servicio de agua potable, según la categoría tarifaria correspondiente. La empresa prestadora dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la fórmula tarifaria y los reajustes de tarifa que se efectúen por efecto de la inflación utilizando el Índice de Precios al por Mayor (IPM).ANEXO Nº 4 FONDO DE INVERSIONES Y RESERVAS DE EPS SIERRA CENTRAL S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 Fondo de Inversiones Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 2,1% Año 2 1,0% Año 3 6,8%Año 4 14,7%Año 5 19,6% 1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.Nota: La conformación de los porcentajes del fondo de inversión están sustentadas en el Cuadro Nº 57 del Proyecto de Estudio Tarifario (página 90). Reserva para la Gestión de Riesgos de Desastres (GRD) y Adaptación al Cambio Climático (ACC) Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 1,0% Año 2 1,0% Año 3 0,8%Año 4 0,8%Año 5 0,8% 1/Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos1/ (MRSE) Período Porcentajes de los Ingresos 2/ Año 1 2,4% Año 2 2,4% Año 3 2,0% Año 4 2,0% Año 5 1,9% 1/ La reserva deberá destinarse exclusivamente para la implementación de MRSE conforme con lo establecido en el proyecto de estudio tarifario. El aporte promedio por conexión de EPS SIERRA CENTRAL S.R.L. es de S/ 0,50. La empresa prestadora deberá comunicar a través de comprobante de pago el aporte que realiza el usuario para la implementación de MRSE. 2/ Los ingresos están referidos al importe total facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la Implementación de Plan de Control de Calidad (PCC) y Plan de Adecuación Sanitaria (PAS) Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 3,7% Año 2 3,1%Año 3 2,6% Año 4 2,6% Año 5 2,5% 1/ Los ingresos están referidos al importe total facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.PROYECTO