Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2018 (06/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Domingo 6 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; Que, el artículo primero de la Ordenanza Nº 001-2012MDS, que aprueba el Reglamento de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos Menores Motorizados o no Motorizados del Distrito de Sayán, establece que: "Las sanciones aplicadas por infracciones a la presente Ordenanza serán impuestas por la Unidad de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial a través de sus Inspectores Municipales de Transporte, con o sin apoyo de la Policía Nacional del Perú en materia de tránsito o en el caso de ocurrencia de hechos delictivos, tal como lo dispone el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC"; Que, el artículo 3º de la acotada Ordenanza Nº 001-2012-MDS, establece que: "Para el cumplimiento de su deber, el Inspector Municipal de Transporte, será designada mediante Resolución de Alcaldía para la realizaciones de acciones de control; y para hacer el caso, para la detección de infracciones a las normas de transportes y las aprobadas mediante ordenanzas por el gobierno local. Que, mediante informe Nº 064-2018-MDA-GSP, La Gerencia de Servicios Públicos, señala que se encuentra pendiente la creación oficial del "Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte de la Municipalidad Distrital de Sayán", como órgano estructurado y dependiente de la Unidad de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, encargado de verificar el cumplimiento de la Ordenanza Nº 001-2018-MDS y demás disposiciones emitidas por la Municipalidad, relacionado al transporte público especial de pasajeros y/o carga en vehículos menores. Asimismo, señala que es necesario aprobar el "Reglamento del Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte de la Municipalidad Distrital de Sayán", que regule su organización y funciones, y que dicte las normas y procedimientos necesarios que permita que la actuación de los inspectores se encuentre enmarcado dentro de la normatividad vigente, debiendo aprobarse mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Legal Nº 109-2018-OAJ/ MDS de fecha 13 de abril del 2018 la Oficina de Asesoría Jurídica señala que estando a las opiniones técnicas favorables de la Gerencia de Servicios Públicos y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, resulta procedente que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la Creación del "Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte", y asimismo, se apruebe el "Reglamento del Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte de la Municipalidad Distrital de Sayán", de acuerdo y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 0012012-MDS, cuya implementación permitirá garantizar un adecuado cumplimiento de la acotada norma municipal y el correcto desarrollo de las labores de los Inspectores Municipales de Transporte; Que, mediante Informe Nº 0111-2018-MDS/GSP de fecha 18 de abril del 2018 la Gerencia de Servicios

Públicos, recomienda para la formación del Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte de la Municipalidad Distrital de Sayán , a las siguientes personas: - Santiago Manuel Colán Cornejo - Wilfredo Arturo Pacheco Dueñas - Israel Alzamora Cárdenas - Alcides Alcántara Curioso - Andrés Rafael Castillo Aranda Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo 1º.- CREAR; el "CUERPO DE INSPECTORES MUNICIPALES DE TRANSPORTE", adscrito a la Unidad de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial de la Gerencia de Servicios Públicos de la Municipalidad Distrital de Sayán; el cual será integrado por las siguientes personas: 1. Santiago Manuel Colán Cornejo 2. Wilfredo Arturo Pacheco Dueñas 3. Israel Alzamora Cárdenas 4. Alcides Alcántara Curioso 5. Andrés Rafael Castillo Aranda Artículo 2º.- APROBAR; el "REGLAMENTO DEL CUERPO DE INSPECTORES MUNICIPALES DE TRANSPORTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN", el mismo que consta de Cinco Títulos (05), Veinte (20) Artículos y Tres Disposiciones Complementarias Finales; y que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- DISPONER; que la Unidad de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial regule, mediante directivas aprobadas por Resoluciones de la Gerencia de Servicios Públicos, normas complementarias para un mejor ejercicio de sus funciones. Artículo 4º.- ENCARGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos, Unidad de Seguridad Ciudadana, Unidad de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, Gerencia de Fiscalización y Control, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Artículo 5º.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y el íntegro del Anexo antes referido en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Sayán (www.munisayan.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIX VICTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1644234-1

PROYECTOS

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Proyecto de Resolución que establecerá la Tarifa Tope del Servicio de Transporte de Internet que forma parte de los Proyectos Regionales de Banda Ancha y Conectividad Integral
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 109-2018-CD/OSIPTEL Lima, 3 de mayo de 2018
EXPEDIENTE MATERIA : Nº 00001-2018-CD-GPRC/TT : Tarifa Tope del Servicio de Transporte de Internet Proyectos Regionales de Banda Ancha y Conectividad Integral / Publicación para comentarios

VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto disponer que se publique para comentarios el Proyecto de Resolución que establecerá la Tarifa Tope del Servicio de Transporte de Internet correspondiente a los Proyectos Regionales de Banda Ancha y Conectividad Integral; (ii) El Informe Nº 00113 -GPRC/2018 que sustenta el proyecto de resolución tarifaria al que se refiere el numeral precedente y recomienda su publicación para

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