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7 NORMAS LEGALES Jueves 10 de mayo de 2018 El Peruano / y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1646160-1 Designan Director de la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0198-2018-MINAGRI Lima, 9 de mayo de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 0454-2016-MINAGRI, de fecha 25 de agosto de 2016, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 26 de agosto de 2016, se designó al señor Frank Marvin Müller Figueroa, en el cargo de Director de la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego; Con los respectivos visados del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, Secretaría General, O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cada por la Ley Nº 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor Frank Marvin Müller Figueroa, en el cargo de Director de la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Katia Natividad Toledo Mori, en el cargo de Director de la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1646160-2 AMBIENTE Aprueban el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del SENAMHI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 091-2018/SENAMHI Lima, 4 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Técnico N° 004-2018/SENAMHI-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos; y el Informe N° 047-2018/SENAMHI-OPP-UM, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú, modi fi cada por la Ley N° 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología – SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, dentro de los límites del ordenamiento legal del Sector Público; Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se adscribe la referida entidad, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta por órganos de administración interna, órganos de línea y órganos desconcentrados; Que, el numeral 1.3 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas para la gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, y actualizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, establece que en caso la entidad cuente con un Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 del mencionado Anexo; asimismo, dispone que en ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva en mención, señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del citado Anexo; asimismo, establece que “[…] El reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la o fi cina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la o fi cina de racionalización, o quien haga sus veces. En estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular durante el primer bimestre de cada año, bajo responsabilidad del titular del órgano responsable de la elaboración del CAP Provisional”; Que, mediante la Resolución Presidencial Ejecutiva N° 299-2017/SENAMHI se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del SENAMHI; Que, el Informe Técnico N° 004-2018/SENAMHI- ORH de la O fi cina de Recursos Humanos, justi fi ca la actualización del CAP Provisional, debido a que la reciente modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos efectuada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 085-2018-SENAMHI, supone la necesidad de alinear los cargos de la entidad a las funciones de los órganos y unidades orgánicas del SENAMHI; Que, el Informe N° 047-2018/SENAMHI-OPP-UM de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, a través de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad, considera que la propuesta de reordenamiento del CAP Provisional debe ser aprobada por las siguientes razones: i) se enmarca en las situaciones contempladas en la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH; ii) se ha elaborado tomando en cuenta la información sobre cargos estructurales así como la clasi fi cación de estos; iii)