Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2018 (10/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de mayo de 2018 /

El Peruano

quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, con fecha 26 de abril de 2018, el Ministerio de Energía y Minas suscribió los Convenios de Cooperación y Gestión con los Gobiernos Regionales de Puno, Cajamarca, Pasco, Callao, Ucayali, Ayacucho, Ica, Moquegua y Huancavelica respectivamente, en virtud de los cuales y en el marco de las normas precedentemente descritas, este Ministerio asumió la obligación, entre otras, de destinar a favor de los citados Gobiernos Regionales, los recursos presupuestales necesarios para que continúen en forma adecuada el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a las respectivas Direcciones Regionales de Energía, Minas e Hidrocarburos, como encargadas de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energética al Gobierno Regional; Que, mediante los referidos Convenios de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir recursos presupuestales a cada uno de los citados Gobiernos Regionales por el monto de S/ 120 000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 Soles), en el primer semestre del 2018, para que se contraten profesionales especializados y para la adquisición de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, a propuesta de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas del GORE, según a lo señalado en el numeral 5.1 de la Cláusula Quinta de los referidos convenios; Que, en consecuencia es necesario autorizar las transferencias financieras de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor de los Gobiernos Regionales de Puno, Cajamarca, Pasco, Callao, Ucayali, Ayacucho, Ica, Moquegua y Huancavelica, hasta por un monto total ascendente a S/ 120 000,00 (Ciento Veinte Mil y 00/100 Soles), a favor de cada uno de los referidos Gobiernos Regionales, para ser destinadas exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de

las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas del GORE, encargadas de ejercer las competencias en materia minero - energéticas; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y sus modificatorias; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor de los Gobiernos Regionales de Puno, Cajamarca, Pasco, Callao, Ucayali, Ayacucho, Ica, Moquegua y Huancavelica. Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por el monto ascendente a S/ 120 000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 Soles), a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Puno, Cajamarca, Pasco, Callao, Ucayali, Ayacucho, Ica, Moquegua y Huancavelica, para ser destinadas exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía, Minas e Hidrocarburos, encargadas de ejercer las competencias en materia minero energéticas, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional

S/ 1 080 000.00

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