Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2018 (15/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

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NORMAS LEGALES

Martes 15 de mayo de 2018 /

El Peruano

Nº 022-2016-VIVIENDA, el área técnica ha encauzado el procedimiento bajo dicha reglamentación, siendo de su responsabilidad la verificación de los aspectos técnicos por ser de su especialidad; Que, con Informe Nº 2309-2017-GODUR-MPC de fecha 14 de diciembre de 2017, el Ing. Misael Calagua Zevallos ­ Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC) señala que se ha seguido los procedimientos administrativos establecidos en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la aprobación del Planeamiento Integral y asignación de zonificación, cumpliendo con el período de difusión de la propuesta de planeamiento integral y asignación de zonificación, contando con opinión favorable de la Municipalidad Distrital de Chilca, se ha cumplido con la difusión de la propuesta y no ha habido oposición a la solicitud de planeamiento integral; Que, mediante Informe Legal Nº 515-2017-GAJMPC de fecha 29 de diciembre de 2017, el Abg. Horacio Hinostroza Delgado - Gerente de Asesoría Jurídica de la MPC, concluye: 1) Que, es factible, elevar al Pleno del Concejo para deliberar y determinar la aprobación de la propuesta de Planeamiento Integral y asignación de zonificación, para el predio ubicado en la Parcela 2 de la Mz. K-1 de Los Huertos de Oro de San Hilarión y Pampas Hoyadas de Calanguillo, distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 10,000.00 m2 inscrita en la Partida Nº 21183484 de la Oficina Registral de Cañete, encauzado mediante expediente Nº 002095-2017 por los administrados Javier Ernesto Maggiolo Dibos y María Mónica Cook Llosa; 2) Que, se remita previamente, los actuados a la Comisión de Obras de la municipalidad, para que emita el dictamen correspondiente; y 3) Que, es preciso señalar que el Planeamiento Integral tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Art. 62º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA; Que, mediante Dictamen Nº 10-2018-CODUR-MPC de fecha 28 de marzo de 2018, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, sugiere: 1) Aprobar mediante ordenanza municipal la propuesta de Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, a través de los procedimientos de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, para el predio que cuenta con un área de 10,000.00 m2 (1Ha); ubicado en el Lote 2, manzana K-1, Zona Huertos de Oro de San Hilarión Pampas y Hoyadas de Calanguillo, jurisdicción del distrito de Chilca, Provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 21183484, Oficina Registral de Cañete, encausado mediante Exp. Nº 2095-2017, por los señores Javier Ernesto Maggiolo Dibos y María Mónica Cook Llosa, la zonificación propuesta es zonificación INDUSTRIA PESADA BASICA (l4); Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Art. 9º y el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNÁNIME; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta de los Regidores Provinciales; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, A TRAVÉS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN SOLICITADA POR LOS SEÑORES JAVIER ERNESTO MAGGIOLO DIBOS Y MARÍA MONICA COOK LLOSA Artículo 1º.- Aprobar la propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zonificación para el predio ubicado en el Lote Nº 02 de la Mz. K-1 Huertos de Oro de San Hilarión Pampas y Hoyadas de Calanguillo, distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 10,000 m2. Inscrito en la Partida Nº 21183484 de la Oficina Registral de Cañete, encauzado mediante

Expediente Nº 2095-2017, solicitado por los señores Javier Ernesto Maggiolo Dibos y María Mónica Cook Llosa. La zonificación propuesta es zonificación GRAN INDUSTRIA PESADA BÁSICA (l4) cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente:
LOTE FRENTE MINIMO MINIMO EN (M2) ALTURA DE EDIFICACIÓN DENSIDAD NETA (HAB/ HA) ÁREA LIBRE

USOS

SEGÚN SEGÚN SEGÚN GRAN PROYECTO PROYECTO PROYECTO INDUSTRIA 2,500.00 30.00 ML DE HABILI- DE HABILI- DE HABILIPESADA M2 TACIÓN TACIÓN TACIÓN BASICA (I4) URBANA URBANA URBANA

Artículo 2º.- Precisar que el Planeamiento Integral tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Art. 62º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA. Artículo 3º.- Precisar que el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ-01 y la Memoria Justificativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, debidamente aprobados por la Sub. Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la zonificación aprobada en el Art. 1º de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ-01 al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, aprobada en el Art. 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerente de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como, notificar al administrado y a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fines pertinentes; además, a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática de ésta corporación municipal, la publicación de la misma en el portal de la entidad www.municanete.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1647513-1 ORDENANZA Nº 014-2018-MPC Cañete, 19 de abril de 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de abril de 2018 y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica antes mencionada, la autonomía (que la Constitución establece para las municipalidades) radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los gobiernos locales asumen competencias y ejercen funciones específicas, como es la organización del espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, encontrándose entre ellas la zonificación, según lo establecido en el numeral 1.1 del Art. 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades;

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