Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2018 (15/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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NORMAS LEGALES

Martes 15 de mayo de 2018 /

El Peruano

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 466-MDA que establece el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 466-MDA, de fecha 30 de abril del 2018, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 04 de mayo del 2018, se estableció un régimen de beneficios tributarios, a favor de las personas naturales y jurídicas, con el objeto de incentivar la regularización de sus obligaciones, generadas hasta la entrada en vigencia de la presente norma, que se encuentren pendientes de pago en la vía ordinaria o coactiva; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, en su Cuarta Disposición Complementaria, faculta al señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga por medio de Decreto de Alcaldía, de la vigencia del beneficio otorgado a través de la referida Ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria y con cargo a dar cuenta al Concejo de esta Comuna; Que, la Administración considera pertinente el otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del Distrito de Ate, para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias establecidas en la Ordenanza Nº 466-MDA, motivo por el cual se hace necesario la ampliación de su vigencia y la expedición de la presente norma; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º, Y ARTÍCULO 42º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 466-MDA, que establece el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias en el Distrito de Ate, hasta el 31 de Mayo del 2018; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, y demás Unidades Orgánicas competentes de esta Corporación Municipal. Artículo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1647598-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 464-MDA, que aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 464-MDA, de fecha 27.03.2018, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 01.04.2018, se aprobó la Ordenanza que aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate; cuya vigencia, conforme a su primera disposición final es de (30) días hábiles contados desde el día siguiente de su publicación; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, en su Tercera Disposición Final, señala: "Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias, para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como aprobar la prórroga de su vigencia"; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, la Administración Municipal considera que estando por vencer el 15 de mayo del presente año, la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, a fin de beneficiar a la población con las ventajas de la misma, y a efectos de seguir permitiendo que los vecinos del Distrito puedan acogerse a este beneficio, la Gerencia de Fiscalización y Control y la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa sugieren se prorrogue la vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de mayo del 2018, motivo por el cual se hace necesario la ampliación de su vigencia y la expedición de la presente norma; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º, Y ARTÍCULO 42º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, que Establece el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate, hasta el 31 de Mayo del 2018; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Fiscalización y Control, Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1647774-1

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 464MDA que establece beneficio extraordinario de regularización de deudas no tributarias por concepto de multas y/o sanciones administrativas y depósito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2018/MDA Ate, 14 de mayo de 2018

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