Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2018 (15/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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NORMAS LEGALES

Martes 15 de mayo de 2018 /

El Peruano

Artículo 2º.- INDICAR que el viaje en misión oficial dispuesto en el artículo anterior, debe efectuarse con cargo a la Estructura Funcional Programática y Cadena de Gasto que a continuación se indica como sigue:
FORMACIÓN UNIVERSITARIA DE PREGRADO PROYECTO :3000784 DOCENTES CON ADECUADAS COMPETENCIAS ACTIVIDAD :5005859 CAPACITACIÓN DOCENTE FUNCION :22 EDUCACIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL :048 EDUCACIÓN SUPERIOR GRUPO FUNCIONAL :0109 EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA FUENTE FTO. :1 RECURSOS ORDINARIOS CADENA DE GASTO :2.3 BIENES Y SERVICIOS S/. 720.00 PASAJES Tumbes-Lima-Tumbes S/. 1 880.00 Pasajes Lima-Cartagena de Indias- Lima S/. 3 600.00 viáticos 3 días internacionales PROGRAMA :0066

renuncias al cargo, ante el respectivo concejo municipal, hasta el 7 de abril de 2018. 5. De otro lado, a través de la Resolución Nº 00812018-JNE (publicada en el diario oficial El Peruano, el 9 de febrero de 2018, y también en el portal electrónico institucional , enlace "Publicación, Reglamentos y disposiciones normativas ERM 2018"), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones reguló los mecanismos de reemplazo de autoridades regionales y municipales que participan como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 6. Así, en su artículo segundo estableció lo siguiente: a) La presentación de la renuncia del alcalde tiene como efecto inmediato que el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume las funciones del titular. b) El regidor que asume la alcaldía debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en el cargo de alcalde, así como la del accesitario que asumirá la función de regidor para completar el número de miembros del concejo municipal, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia antes señalada. 7. En el presente caso, se advierte que, con fecha 6 de abril de 2018, Amelia Victoria Espinoza García, alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Santa, presentó ante el Área de Trámite Documentario de la entidad edil su renuncia al cargo (fojas 11), con el propósito de participar en las Elecciones Regionales de 2018. 8. Dicha renuncia fue puesta en conocimiento de los miembros del concejo provincial, quienes, por unanimidad, aceptaron su decisión, tal como se tiene del Acuerdo de Concejo Nº 054-2018-MPS, del 6 de abril de 2018 (fojas 7 y 8). 9. Así las cosas, estando a que la renuncia fue presentada dentro del plazo legal (6 de abril de 2018), corresponde, en aplicación del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades ­que establece que en casos de vacancia o de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde­, dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a Amelia Victoria Espinoza García, como alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Santa, departamento de Áncash, y convocar a Julio Artemio Cortez Rojas, identificado con DNI Nº 06106863, para que asuma dicho cargo, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 10. De otro lado, con el propósito de completar el número de regidores del Concejo Provincial de Santa, corresponde convocar a Jeisy Matilde Rodríguez Araujo, identificada con DNI Nº 46589556, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Independiente Regional Río Santa Caudaloso, a efectos de que asuma el cargo de regidora del citado concejo provincial, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 11. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 26 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Santa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial que le fuera otorgada a Amelia Victoria Espinoza García, como alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Santa, departamento de Áncash, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Julio Artemio Cortez Rojas, identificado con DNI Nº 06106863, para de que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Santa, departamento de Áncash, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial.

Dada en la ciudad de Tumbes, a los nueve días de mayo de dos mil dieciocho. Regístrase y comunícase. CARLOS ALBERTO CANEPA LA COTERA Rector 1647397-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que asuma cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial del Santa, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 0241-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00151 SANTA - ÁNCASH RENUNCIA ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 Lima, veintitrés de abril de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 0234-2018-A/MPS, recibido el 10 de abril de 2018, a través del cual Julio Artemio Cortez Rojas, teniente alcalde de la Municipalidad Provincial de Santa, departamento de Áncash, remitió documentación relacionada a la renuncia presentada por la alcaldesa provincial Amelia Victoria Espinoza García. CONSIDERANDOS 1. El artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, Congresista, Gobernador o Vicegobernador del Gobierno Regional los alcaldes deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva. 2. Así también, el artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, establece que se encuentran impedidos de ser candidatos en las elecciones regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de presidente regional (actual gobernador regional), salvo que renuncien de manera irrevocable ciento ochenta (180) días antes de la fecha de elecciones. 3. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 10 de enero de 2018, el Presidente de la República convocó al proceso de Elecciones Regionales y Municipales para el 7 de octubre del presente año. 4. En ese contexto, considerando los plazos antes mencionados, se tiene que los alcaldes que pretendan postular a gobernadores o vicegobernadores regionales en los próximos comicios electorales deben presentar sus

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