Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2018 (17/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 17 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en las localidades de Santa Lucia y Suniplaya del distrito de Yurimaguas, Portal del distrito de Santa Cruz, provincia de Alto Amazonas y Flor de Punga del distrito de Capelo, provincia de Requena, del departamento de Loreto, por peligro inminente generado por erosión fluvial
DECRETO SUPREMO N° 053-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, diversas localidades de las provincias de Alto Amazonas y Requena, del departamento de Loreto, ubicadas a la margen derecha de los ríos Shanusi, Paranapura, Ucayali y el Huallaga, se encuentran con Riesgo Muy Alto ante erosión fluvial, que se origina principalmente por los meandros que se forman en el discurrir de los mencionados ríos; y, considerando además que están expuestas o puede tener como factor desencadenante a las fuertes precipitaciones pluviales que afectan la zona en la temporada de lluvias (DiciembreAbril), lo cual expone la integridad física y la salud de la población, así como a la infraestructura pública y viviendas ubicadas en dichas zonas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 9.1 del artículo 9 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre", aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), con la debida sustentación; Que, mediante el Oficio N° 233-2018-GRL-GR, de fecha 25 de abril de 2018, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Loreto, solicitó y presentó sustento técnico al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para que se declare el Estado de Emergencia en las localidades de Santa Lucia y Suniplaya del distrito de Yurimaguas, Portal del distrito de Santa Cruz, provincia de Alto Amazonas y Flor de Punga del distrito de Capelo, provincia de Requena, del departamento de Loreto, por peligro inminente generado por erosión fluvial; Que, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) emite opinión sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, para cuyo fin emite el informe técnico respectivo; Que, a través del Oficio Nº 1679-2018-INDECI/5.0 de fecha 7 de mayo de 2018, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) remite y hace suyo el Informe Técnico N° 00020-2018-INDECI/11.0, de fecha 4 de mayo de 2018, emitido por el Director de la Dirección de

Respuesta de dicha entidad, quien informa y concluye que la zona que abarca las localidades de Santa Lucia y Suniplaya en el distrito de Yurimaguas, Portal en el distrito de Santa Cruz, provincia de Alto Amazonas y Flor de Punga del distrito de Capelo, provincia de Requena en el departamento de Loreto, presenta una condición de peligro inminente, por erosión fluvial, fenómeno natural que en dicha zona se debe principalmente a la formación de meandros, considerando además que está expuesta o puede tener como factor desencadenante a las fuertes precipitaciones pluviales que afectan dicha zona en la temporada de verano (Diciembre ­ Abril), aspecto que expone la integridad física y la salud de la población, así como la pérdida de terrenos de cultivo y pastos naturales, viviendas, entre otros; Que, para la elaboración del Informe Técnico Nº 00020-2018-INDECI/11.0, y sus conclusiones, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) ha tenido en consideración los siguientes documentos: (i) Oficio Nº 135-2018/SENAMHI/PREJ-DZ8 de fecha 15 de marzo de 2018, con el Informe Técnico N° 06 Comportamiento Hidrológico del río Ucayali y Huallaga; (ii) Oficio N° V.200 328 del Jefe del Servicio de Hidrografía y Navegación de la Amazonía de fecha 23 de agosto de 2017; (iii) Oficio Nº 386-2017SENAMHI/PREJ-DZ8, de fecha 17 de agosto de 2017, con el Informe Técnico N° 020 Comportamiento Hidrológico del río Ucayali; (iv) Oficio Nº 567-2017SENAMHI/PREJ-DZ8, de fecha 1 de diciembre de 2017, con el Informe Técnico N° 022 comportamiento Hidrológico de los ríos Amazónicos; (v) Oficio Múltiple Nº 037-2017-ANA-ALA-ALTO AMAZONAS de fecha 11 de diciembre de 2017, con el Informe Técnico N° 174-2017-ANA-ALA-ALTO AMAZONAS/VPSCH-TCE; (vi) Oficio Nº 180-2017-INGEMMET/DGAR, de fecha 29 de noviembre de 2017, con la Opinión Técnica ­ Peligro por erosión fluvial en la localidad de Flor de Punga (distrito de Capelo provincia de Requena, Loreto); (vii) Análisis de Elementos Expuestos, Vulnerabilidad y Estimación de Riesgo del Centro Poblado Santa Lucía-YurimaguasMarzo 2017, emitido por el Estimador de riesgo Ingeniero Elmer Tony García García; (viii) Análisis de Elementos Expuestos, Vulnerabilidad y Estimación de Riesgo del Centro Poblado Suniplaya-Yurimaguas-Marzo 2017; emitido por el Estimador de riesgo Ingeniero Elmer Tony García García; (ix) Evaluación Geodinámica por peligro de inundación en el Centro Poblado San Lucía, Provincia alto Amazonas, Loreto- Enero 2017, emitido por la Unidad de Geodinámica Superficial de la Subdirección de Ciencias de la Tierra del Instituto Geofísico del Perú ­ IGP; (x) Evaluación Geodinámica por peligro de inundación en el Centro Poblado Suniplaya, distrito de Yurimaguas, provincia Alto Amazonas, Loreto-Enero 2017, emitido por la Unidad de Geodinámica Superficial de la Subdirección de Ciencias de la tierra del Instituto Geofísico del Perú ­ IGP; (xi) Informe Nº 043-2017-GOREL/ORDN/ LFCHV de fecha 7 de noviembre de 2017; (xii) Informe Nº 042-2017-GOREL/ORDN/LFCHV, de fecha 7 de noviembre de 2017; (xiii) Informe Nº 030-2017-GOREL/ ORDN/LFCHV, de fecha 15 de agosto de 2017; (xiv) Informe N° 002-2018-GOREL/AP/LFCHV de fecha 24 de enero de 2018; (xv) Oficio Nº 312-2017-GRL-DRA-L/ AAAA-OPA-024, de fecha 21 de noviembre de 2017 de la Agencia Agraria Alto Amazonas de la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional de Loreto, con el Informe Técnico N° 005-2017-GRL-DRAL-AAAA-DPA-CSRG; (xvi) Oficio Nº 5336-2017-GRL-DREL-UGELAA-AGPPREVAED-068, de fecha 27 de noviembre de 2017, con el Reporte de Situación N° 006-14/11/2017-COEUGELAA-08.00 HORAS; (xvii) Oficio Nº 1507-2017GRL_DRAL/DEIA-265, de la dirección Regional Agraria de Loreto de fecha 23 de noviembre de 2017, con el Informe Técnico sobre daños por peligro inminente ante inundación y erosión fluvial en los sectores de Santa Lucía y Suniplaya, distrito de Yurimaguas, provincia Alto Amazonas-región Loreto; (xviii) Oficio Nº 1043-2017-MPAA-GPP, de fecha 18 de octubre de 2017; y, (xix) Oficio Nº 023-218-GRL-GRPPAT, de fecha 24 de enero de 2018 de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Loreto;

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