Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2018 (17/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 17 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, con fecha 21 de octubre de 2015 GENRENT DEL PERÚ S.A.C., para efecto de obtener el derecho al Régimen de Reintegro, celebra en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "Suministro de Energía para Iquitos" (en adelante, el Contrato de Inversión); Que, mediante la Resolución Suprema N° 004-2016EM, se aprueba como empresa calificada para obtener el derecho al Reintegro Tributario a GENRENT DEL PERÚ S.A.C.; se establecen los requisitos y características del Contrato de Inversión; y se aprueba la Lista de bienes, servicios y contrato de construcción señalados en el anexo del Contrato de Inversión; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 28754, aprobado por el Decreto Supremo N° 110-2007-EF, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 127-2017-EF, dispone que la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción aprobada por Resolución Ministerial, podrá ser modificada a solicitud de los Beneficiarios, para lo cual éstos deberán presentar al Sector correspondiente la sustentación para la inclusión de las subpartidas nacionales de los bienes que utilizarán directamente en la ejecución del Contrato de Inversión, siempre que éstos se encuentren comprendidos en los códigos de la Clasificación según Uso o Destino Económico (CUODE) aprobados en el referido Reglamento; así como, la sustentación para la inclusión de servicios o contratos de construcción directamente relacionados a la ejecución del Contrato de Inversión; Que, conforme al artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 28754, incorporado mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 067-2015-EF y modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 127-2017-EF, las solicitudes para la suscripción de Adendas de Modificación de Contratos de Inversión deberán ser presentadas ante PROINVERSIÓN, dentro del plazo de vigencia del Contrato de Inversión, siendo éste el establecido en el Contrato para el cumplimiento del Compromiso de Inversión, y, serán tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la suscripción del Contrato de Inversión; Que, con fecha 03 de mayo de 2017 se suscribe la primera Adenda de Modificación del Contrato de Inversión, por la reducción del monto de la inversión comprometida y la ampliación del plazo de ejecución de la inversión; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 4242017-MEM/DM, se establece el nuevo monto de inversión comprometido y el nuevo plazo de su ejecución; así como, la inclusión de las actividades adicionales en la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción, aprobada mediante Resolución Suprema N° 004-2016-EM; Que, con fecha 02 de junio de 2017 GENRENT DEL PERÚ S.A.C. solicita ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la suscripción de una segunda Adenda al Contrato de Inversión con la finalidad de modificar el Cronograma de Inversiones por el incremento del monto de inversión y la ampliación del plazo de ejecución de la misma; Que, con fecha 19 de octubre de 2017 GENRENT DEL PERÚ S.A.C. presentó ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, un nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones actualizado, en el cual se reduce el monto de la inversión comprometida y amplía el plazo de ejecución de la inversión hasta el 19 de octubre de 2017; Que, con fecha 30 de octubre de 2017, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN mediante Oficio N° 1228-2017/PROINVERSIÓN/DSI ingresado al Ministerio de Energía y Minas bajo Registro N° 2754861, remite copia de la documentación presentada por GENRENT DEL PERÚ S.A.C. el cual contiene el nuevo cronograma actualizado; Que, con fecha 15 de febrero de 2018 se culmina la suscripción de la segunda Adenda de Modificación del Contrato de Inversión, por la cual se modifica el primer párrafo de la Cláusula Segunda del Contrato de Inversión, con el objeto de reducir el monto de la inversión comprometida de US$ 19 258 446,00 (Diecinueve Millones Doscientos Cincuenta y Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis y 00/100 Dólares de los Estados Unidos

de América) a un monto de US$ 16 903 020,00 (Dieciséis Millones Novecientos Tres Mil Veinte y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); así como la ampliación del plazo de ejecución de la inversión de dos (02) años, seis (06) meses y diecisiete (17) días a un plazo de dos (02) años, once (11) meses y un (01) día, contado a partir del 18 de noviembre de 2014; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto Supremo N° 110-2007-EF, una vez suscrita la Adenda al Contrato de Inversión, corresponde emitir la Resolución Ministerial que establezca el actual monto de inversión y el plazo de ejecución de la inversión a ser realizada por GENRENT DEL PERÚ S.A.C.; De conformidad con el numeral 1.5 del artículo 1 de la Ley N° 28754, Ley que elimina sobrecostos en la provisión de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos mediante inversión pública o privada; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 110-2007-EF; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, los literales h) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 0312007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 004-2016-EM, modificada por la Resolución Ministerial N° 424-2017-MEM/DM en los siguientes términos: "Artículo 2.- Monto de Inversión El monto de inversión a cargo de la empresa GENRENT DEL PERÚ S.A.C. asciende a US$ 16 903 020,00 (Dieciséis Millones Novecientos Tres Mil Veinte y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América)." Artículo 2.- Modificar el artículo 3 de la Resolución Suprema N° 004-2016-EM, modificada por la Resolución Ministerial N° 424-2017-MEM/DM en los siguientes términos: "Artículo 3.- Plazo de Ejecución La inversión será ejecutada en un plazo total de dos (02) años, once (11) meses y un (01) día, contado a partir del 18 de noviembre de 2014." Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1648052-1

Aprueban Lista de Bienes y Servicios cuya adquisición otorgará derecho a devolución definitiva del IGV, IPM y de cualquier otro impuesto al consumo que le sea trasladado o que pague ANADARKO PERÚ B.V. SUCURSAL PERUANA, para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos de los Lotes Z-61, Z-62 y Z-63
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2018-MEM/DM Lima, 11 de mayo de 2018 VISTO el Expediente Nº 2774562 y Anexos Nº 2771734, 2781980, 2795503, sobre la aprobación de la Lista de Bienes y de Servicios, presentado por la empresa ANADARKO PERÚ B.V. SUCURSAL PERUANA, en mérito al Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-61, cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto

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