Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2018 (17/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 17 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Wilder Fernando Ramírez Ventura, al cargo de Director de Programa Sectorial II ­ Director de la Dirección de Política Fiscal, Categoría F-3, de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Wilder Fernando Ramírez Ventura al cargo de Director de Programa Sectorial II ­ Director de la Dirección de Proyecciones y Escenarios Macroeconómicos, Categoría F-3, de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS Ministro de Economía y Finanzas 1648975-2

servidumbre impuesta, al haberse consignado en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 043-2018-MEM/ DM el valor de 126 366,50 m2 como área total de la servidumbre de paso y de tránsito, siendo lo correcto 169 040,04 m2; Que, de acuerdo con el numeral 210.1 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, conforme a lo señalado en los Informes de Vistos, el error aritmético que se solicita rectificar no altera el sentido de la decisión ni lo sustancial del contenido de la Resolución Ministerial N° 043-2018-MEM/DM; por lo cual corresponde rectificar el cuadro donde figura el área total de la servidumbre de paso y de tránsito consignado en el artículo 1 de la citada resolución, según lo siguiente: Dice: 126 366,50 m2 Debe decir: 169 040,04 m2

ENERGIA Y MINAS
Rectifican error aritmético de cuadro contenido en el Artículo 1 de la R.M. N° 0432018-MEM/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 140-2018-MEM/DM Lima, 19 de abril de 2018 VISTOS: El Expediente N° 21244017 sobre imposición de servidumbre de electroducto, de paso y de tránsito para la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Poroma ­ S.E. Mina Justa, la solicitud de rectificación de error aritmético de la Resolución Ministerial N° 043-2018-MEM/ DM que impone la citada servidumbre de electroducto, de paso y de tránsito, presentada por Marcobre S.A.C.; y, los Informes N° 098-2018-MEM/DGE-DCE y N° 2792018-MEM/OGJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 178-2017MEM/DM, publicada el 25 de mayo de 2017, se otorga a favor de Marcobre S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Poroma ­ S.E. Mina Justa, aprobándose el Contrato de Concesión N° 502-2017; Que, mediante Resolución Ministerial N° 043-2018MEM/DM, de fecha 01 de febrero de 2018, se impone con carácter permanente a favor de la concesión definitiva señalada en el considerando que antecede de la que es titular Marcobre S.A.C., la servidumbre de electroducto, de paso y de tránsito para la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Poroma ­ S.E. Mina Justa, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; Que, mediante Oficio N° 126-2018-MEM/SEG, notificado el 02 de febrero de 2018, se remite a Marcobre S.A.C. la Resolución Ministerial mencionada en el considerando precedente, a fin de que disponga su publicación en el diario oficial El Peruano, para su entrada en vigencia, según lo establecido en el artículo 7 de la citada resolución; Que, mediante Carta MARC-CA-2018-046 con Registro N° 2791577, de fecha 01 de marzo de 2018, Marcobre S.A.C. solicita rectificar un error aritmético respecto al valor numérico del área total de la citada

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectificar el error aritmético del cuadro donde se consigna el área total de la servidumbre de paso y de tránsito impuesta para la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Poroma ­ S.E. Mina Justa, contenido en el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 043-2018-MEM/DM, precisándose lo siguiente: Dice: 126 366,50 m2 Debe decir: 169 040,04 m2

Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1639664-1

Autorizan transferencias financieras de recursos a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Apurímac, Ancash, Huánuco, Lambayeque y Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2018-MEM/DM Lima, 11 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe N° 033-2018-MEM-OGP/DIR, del 03 de mayo de 2018, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, y, el Informe N° 434-2018/MEM-OGJ, del 07 de mayo de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los gobiernos regionales

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