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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2018 (18/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 18 de mayo de 2018 / El Peruano declaradas en emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017; Que, por Resolución Ministerial Nº 304-2017- VIVIENDA, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 390-2017-VIVIENDA se aprueba el procedimiento para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia, siendo que, el citado procedimiento dispone que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento convoca a las Entidades Técnicas con registro vigente, a participar en el proceso de reconstrucción; Que, por Resolución Ministerial Nº 012-2018- VIVIENDA y sus modi fi catorias, se convoca a los Grupos Familiares, en su condición de bene fi ciarios de atención extraordinaria del BFH, constituidos por la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables, por emergencias o desastres, a participar en la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2018, en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2018-PCM se modi fi ca el Plan de la reconstrucción aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modi fi catorias, estableciendo en el artículo 5 que el monto establecido para el BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio es el equivalente a cinco punto cuarenta y cinco (5.45) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al Anexo 5; Que, por Resolución Ministerial Nº 309-2017- VIVIENDA, se convocó a las Entidades Técnicas a la primera convocatoria para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; Que, por Resolución Ministerial Nº 398-2017- VIVIENDA, se convocó a las Entidades Técnicas a la Segunda Convocatoria para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables, debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en zonas declaradas en emergencia; Que, por Resolución Ministerial Nº 454-2017- VIVIENDA, se convocó a las Entidades Técnicas a la Tercera Convocatoria para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables, debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en zonas declaradas en emergencia; Que, en los casos donde se veri fi ca situaciones que impiden el otorgamiento del BFH a damni fi cados, es necesario autorizar al FMV a distribuir a las ET inscritas en las Convocatorias nuevos potenciales bene fi ciarios y viviendas a intervenir; Que, con Informe Nº 136-2018-VIVIENDA-VMVU/ DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, en atención a lo sustentado en el Informe Técnico - Legal Nº 030-2018-VIVIENDA-VMVU/DGPPVU-BFH, señala la necesidad de convocar a las ET para el proceso de reconstrucción con el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia, así como emitir disposiciones para el mejor desarrollo de las convocatorias para damni fi cados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y el procedimiento aprobado por la Resolución Ministerial Nº 304-2017-VIVIENDA, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 390-2017-VIVIENDA;SE RESUELVE: Artículo 1.- Cuarta Convocatoria de inscripción a Entidades Técnicas - ET con registro vigente para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional - BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia Convócase a las Entidades Técnicas con registro vigente a inscribirse ante el Fondo MIVIVIENDA S.A., en la(s) zona(s) de intervención de su interés, establecidas en el artículo 2, dentro del plazo de siete (07) días calendario de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Zonas de intervención y Número de BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio Dispóngase el otorgamiento de 8,000 BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio en las siguientes zonas de intervención: REGIÓN PROVINCIA Nº BFH ANCASHCASMA 45 HUARAZ 10 HUARMEY 40 SANTA 205 AREQUIPACONDESUYOS 126 LA UNION 96 ICA ICA 58 LA LIBERTADASCOPE 200 OTUZCO 30 PACASMAYO 140 SANTIAGO DE CHUCO 20 TRUJILLO 130 VIRU 180 LAMBAYEQUECHICLAYO 1,600 FERREÑAFE 400 LAMBAYEQUE 2,200 LIMABARRANCA 42 CAÑETE 25 HUAURA 8 LIMA 25 PIURAMORROPON 650 PAITA 250 PIURA 950 SECHURA 200SULLANA 350 TUMBES TUMBES 20 TOTAL 8,000 Artículo 3.- Del Valor del BFH Dispóngase que, para la atención a la población damni fi cada, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2017, el procedimiento aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 304-2017-VIVIENDA, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 390-2017-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 052-2018-PCM el valor del BFH para la presente convocatoria asciende a 5.45 UIT, cuyo monto correspondiente de la