Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2018 (18/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de mayo de 2018 /

El Peruano

declaradas en emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017; Que, por Resolución Ministerial Nº 304-2017VIVIENDA, modificada por Resolución Ministerial Nº 390-2017-VIVIENDA se aprueba el procedimiento para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia, siendo que, el citado procedimiento dispone que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento convoca a las Entidades Técnicas con registro vigente, a participar en el proceso de reconstrucción; Que, por Resolución Ministerial Nº 012-2018VIVIENDA y sus modificatorias, se convoca a los Grupos Familiares, en su condición de beneficiarios de atención extraordinaria del BFH, constituidos por la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables, por emergencias o desastres, a participar en la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2018, en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2018-PCM se modifica el Plan de la reconstrucción aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias, estableciendo en el artículo 5 que el monto establecido para el BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio es el equivalente a cinco punto cuarenta y cinco (5.45) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al Anexo 5; Que, por Resolución Ministerial Nº 309-2017VIVIENDA, se convocó a las Entidades Técnicas a la primera convocatoria para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, a la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; Que, por Resolución Ministerial Nº 398-2017VIVIENDA, se convocó a las Entidades Técnicas a la Segunda Convocatoria para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables, debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en zonas declaradas en emergencia; Que, por Resolución Ministerial Nº 454-2017VIVIENDA, se convocó a las Entidades Técnicas a la Tercera Convocatoria para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables, debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en zonas declaradas en emergencia; Que, en los casos donde se verifica situaciones que impiden el otorgamiento del BFH a damnificados, es necesario autorizar al FMV a distribuir a las ET inscritas en las Convocatorias nuevos potenciales beneficiarios y viviendas a intervenir; Que, con Informe Nº 136-2018-VIVIENDA-VMVU/ DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, en atención a lo sustentado en el Informe Técnico - Legal Nº 030-2018-VIVIENDA-VMVU/DGPPVU-BFH, señala la necesidad de convocar a las ET para el proceso de reconstrucción con el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, a la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia, así como emitir disposiciones para el mejor desarrollo de las convocatorias para damnificados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y el procedimiento aprobado por la Resolución Ministerial Nº 304-2017-VIVIENDA, modificada por Resolución Ministerial Nº 390-2017-VIVIENDA;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Cuarta Convocatoria de inscripción a Entidades Técnicas - ET con registro vigente para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional - BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia Convócase a las Entidades Técnicas con registro vigente a inscribirse ante el Fondo MIVIVIENDA S.A., en la(s) zona(s) de intervención de su interés, establecidas en el artículo 2, dentro del plazo de siete (07) días calendario de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Zonas de intervención y Número de BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio Dispóngase el otorgamiento de 8,000 BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio en las siguientes zonas de intervención:
REGIÓN PROVINCIA CASMA ANCASH HUARAZ HUARMEY SANTA AREQUIPA ICA CONDESUYOS LA UNION ICA ASCOPE OTUZCO LA LIBERTAD PACASMAYO SANTIAGO DE CHUCO TRUJILLO VIRU CHICLAYO LAMBAYEQUE FERREÑAFE LAMBAYEQUE BARRANCA LIMA CAÑETE HUAURA LIMA MORROPON PAITA PIURA PIURA SECHURA SULLANA TUMBES TOTAL TUMBES Nº BFH 45 10 40 205 126 96 58 200 30 140 20 130 180 1,600 400 2,200 42 25 8 25 650 250 950 200 350 20 8,000

Artículo 3.- Del Valor del BFH Dispóngase que, para la atención a la población damnificada, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2017, el procedimiento aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 304-2017-VIVIENDA, modificada por Resolución Ministerial Nº 390-2017-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 052-2018PCM el valor del BFH para la presente convocatoria asciende a 5.45 UIT, cuyo monto correspondiente de la

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