Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2018 (22/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Martes 22 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1650556-1

Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 077-2018-CONCYTEC-P Lima, 18 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 0112018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el Oficio Nº 1852018-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 139-2018-CONCYTECOGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2018-CONCYTEC-P de fecha 14 de febrero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTECOGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", (en adelante, la Directiva); Que, el Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable de la conducción y ejecución de los instrumentos financieros, que comprende entre otros, la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar; Que, el segundo párrafo del referido Numeral señala que el FONDECYT es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos-Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante el Oficio Nº 185-2018-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, a favor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos ­ Museo de Historia Natural (S/ 60,555.60); de la Universidad Nacional de

San Agustín de Arequipa (S/ 55,281.41); del Instituto Nacional de Salud (S/ 3,304.00); del Instituto Geofísico del Perú (S/ 79,455.00); del Centro de Fertilidad y Reproducción Asistida (S/ 53,000.00); de Socios en Salud Sucursal Perú (S/ 22,706.19); de la Universidad Científica del Sur SAC (S/ 16,205.57), y de la Universidad de Ingeniería y Tecnología ­ UTEC (S/ 25,047.50), por un monto total de S/ 315,555.27, quienes resultaron ganadores del Esquema Financiero EF-041: "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada" ­ Convocatoria a Concurso 2015-I, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 144-2015-FONDECYT-DE; del Esquema Financiero EF-041 denominado "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada" ­ Convocatoria 2015 ­ III, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 011-2016-FONDECYT-DE; del Concurso "Primera Convocatoria Conjunta ERANetLAC para el Financiamiento de Proyectos Colaborativos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación", de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 112-2015-FONDECYTDE; y del Concurso E035-2015-01 correspondiente a la "Segunda Convocatoria Conjunta ERANet-LAC para el financiamiento de Proyectos Colaborativos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación", conforme a lo establecido en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 107-2016-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 011-2018-FONDECYT-UPPUAJ-USM (en adelante el Informe Técnico Legal), mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras a entidades públicas y otorgar subvenciones a personas jurídicas privadas, a favor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos ­ Museo de Historia Natural (S/ 60,555.60); de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa (S/ 55,281.41); del Instituto Nacional de Salud (S/ 3,304.00); del Instituto Geofísico del Perú (S/ 79,455.00); del Centro de Fertilidad y Reproducción Asistida S.A.C. (S/ 49,100.00 + S/ 3,900.00); de Socios en Salud Sucursal Perú (S/ 22,706.19); de la Universidad Científica del Sur S.A.C. (S/ 16,205.57); y de la Universidad de Ingeniería y Tecnología ­ UTEC (S/ 25,047.50), por un importe total ascendente a S/ 315,555.27, para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal. Los citados órganos adjuntan copia del Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000229; Nº 0000000230; Nº 00000000231; y 00000000232; y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 144-2015-FONDECYTDE; de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 011-2016-FONDECYT-DE; de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 112-2015-FONDECYT-DE; y de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 107-2016-FONDECYT-DE; Que, los Numerales 4.1 y 4.2 del Informe Técnico Legal, señalan que es viable técnica y presupuestalmente realizar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante convenios suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, asimismo, agrega que es viable técnica y legalmente realizar las transferencias financieras a entidades públicas y otorgar subvenciones a personas jurídicas privadas, para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante convenios suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se han verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados que se encuentran establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los convenios suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que las transferencias financieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, solicitadas

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