Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2018 (22/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 22 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Personal Directivo" dispone que: "El personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo..."; Que, el mismo cuerpo normativo establece que el empleado de confianza, según las definiciones de la Ley Marco del Empleo Público, puede ser contratado mediante el régimen de Contratación Administrativa de Servicios, estando su contratación excluida de la realización del concurso público; Que, encontrándose vacante el cargo de jefe de la Unidad Territorial de Cusco, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al empleado de confianza que desempeñe dicho cargo; Que, la Unidad de Asesoría Jurídica considera viable lo recomendado por la Unidad de Gestión del Talento Humano, por lo que la Dirección Ejecutiva debe designar al empleado de confianza que se encargue de la jefatura de la Unidad Territorial de Cusco; a fin de fortalecer los objetivos institucionales del programa; Con el visado de la Unidad de Gestión del Talento Humano, y de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 0032012-MIDIS modificado por el Decreto Supremo N° 014-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 129-2018-MIDIS, Resolución Ministerial N° 011-2018MIDIS y conforme los instrumentos internos de gestión del Programa Nacional Cuna Más del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR al señor NILTON MADERA MAYZ, en el cargo de jefe de la Unidad Territorial de Cusco del Programa Nacional Cuna Más a partir del 01 de junio de 2018. Artículo 2°.- DISPONER su publicación en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe), en la fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ROMMY MARISA RÍOS NÚÑEZ Directora Ejecutiva Programa Nacional Cuna Más 1650407-5

EDUCACION
Designan responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto "Apoyo a la Formación Profesional para la Inserción Laboral en el Perú: Consolidación y Ampliación - APROLAB II"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 236-2018-MINEDU Lima, 21 de mayo de 2018 Vistos, el Expediente N° LB22018-INT-0011175, el Informe N° 0040-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y el Informe N° 0192-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como

sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Posteriormente se aprobó su Reglamento con el Decreto Supremo N° 027-2017-EF, el cual fue modificado por Decreto Supremo N° 104-2017EF y el Decreto Supremo N° 248-2017-EF, en adelante el Reglamento; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el literal h) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento establece que es función de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, registrar a los órganos del Sector que realizarán las funciones de UF y UEI, así como a sus Responsables, en el aplicativo que disponga la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, el artículo 9 del Reglamento señala que las UEI son las Unidades Ejecutoras Presupuestales. Así mismo, pueden ser cualquier órgano o entidad o empresa adscrita de un Sector del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobierno Local sujetos al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, incluyendo a los programas creados por norma expresa en el ámbito de éstos, que no requieren necesariamente ser Unidades Ejecutoras Presupuestales, pero que por su especialidad realizan las funciones previstas en el mencionado artículo; Que, el literal f) del numeral 6.2 del artículo 6 de la "Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto", aprobada por la Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15, en adelante la Directiva de Programación Multianual (la cual deja sin efecto la Directiva N° 001-2017-EF/63.01), señala que es función del Órgano Resolutivo designar al órgano que realiza las funciones de UEI, así como a su responsable; Que, el literal e) del numeral 6.3 del artículo 6 de la Directiva de Programación Multianual dispone que es función de la OPMI registrar a las Unidades Ejecutoras de Inversiones así como a sus responsables, mediante el "Formato Nº 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) en el Banco de Inversiones", de la mencionada Directiva; Que, en virtud de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, se dispone que la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas realizará las funciones previstas en calidad de rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones para la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, ello, en tanto se aprueben los documentos para la estructuración organizativa institucional, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1252; Que, mediante el Oficio N° 110-2017-EF/63.06, la Dirección General de Inversión Pública señala que el numeral 5.6 del artículo 5 de la Ley habilita a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones para establecer el perfil profesional para el responsable de la OPMI y de la UF; sin embargo, señala que dicha disposición no abarca a las UEI; sin perjuicio de ello, recomienda tener presente el numeral 4.5 del artículo 4 de la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 (ahora literal e) del numeral 6.3 y numeral 6.5 del artículo 6 de la Directiva aprobada por la Resolución Ministerial N° 035-2018EF/15), que establece que las UEI serán designadas por el Órgano Resolutivo de su Sector y serán registradas por la OPMI, mediante el Formato N° 3: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones;

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