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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2018 (22/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 22 de mayo de 2018 / El Peruano Que, conforme a lo establecido en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, es necesario aprobar las transferencias fi nancieras citadas en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES. Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2018, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 16 624 156,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, destinada a fi nanciar la continuidad de los proyectos de inversión e inversiones en optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación – IOARR, referidos a la construcción, mejoramiento, ampliación, optimización y/o reparación de veinticinco (25) desembarcaderos pesqueros artesanales a nivel nacional, un (01) expediente técnico y la formulación de un (01) estudio de preinversión, en el marco de las intervenciones prioritarias sectoriales a que se re fi ere la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693. Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES. Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2018, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 2 600 000,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, destinada al fi nanciamiento de dos (02) expedientes técnicos de estudios de fi nitivos y de dos (02) estudios de pre inversión, en el marco de las intervenciones prioritarias sectoriales a que se re fi ere la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693. Artículo 3.- Financiamiento Las transferencias fi nancieras autorizadas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5001253: Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias fi nancieras autorizadas por los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos transferidos, debiendo informar trimestralmente al Titular de la Entidad sobre el uso de dichos recursos. Artículo 6.- Información El Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, a través de su Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola; y el Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, a través de su O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, son las responsables de informar al Ministerio de la Producción, sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales le fueron transferidos los recursos a que se re fi eren los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 7.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Ofi cina General de Administración, a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, al Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; y al Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1650611-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan viaje de funcionario a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 143-2018-TR Lima, 21 de mayo de 2018VISTOS: El O fi cio OF. RE (DAS) N° 2-11-B/27 de la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la comunicación ILC 107-100 del Director General de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, el Informe N° 23-2018-MTPE/4/10 de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Ofi cio N° 467-2018-MTPE/4/11 de la O fi cina General de Administración y el Informe Nº 1205-2018-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Organización Internacional del Trabajo - OIT es la única agencia de las Naciones Unidas cuyos mandantes son representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores. Esta estructura tripartita hace de la Organización Internacional del Trabajo - OIT un foro singular en el cual los gobiernos y los interlocutores sociales de la economía de sus Estados pueden libre y abiertamente confrontar experiencias y comparar políticas nacionales. Siendo el Perú país miembro, tiene como obligación designar a los delegados y consejeros técnicos no gubernamentales de acuerdo con las organizaciones