Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2018 (22/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Martes 22 de mayo de 2018 /

El Peruano

subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 0212018-CONCYTEC-P de fecha 14 de febrero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTECOGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", (en adelante, la Directiva); Que, el Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable de la conducción y ejecución de los instrumentos financieros, que comprende entre otros, la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar; Que, el segundo párrafo del referido Numeral señala que el FONDECYT es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos-Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante el Oficio Nº 186-2018-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas que suscribieron contratos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a favor de la Pontificia Universidad Católica del Perú ­ Centrum Católica (S/ 25,908.00); de Salud Sin Límites Perú (S/ 26,000.00); de la Universidad Católica de Santa María ­ Vicerrectorado de Investigación (S/ 26,000.00), por un monto total ascendente a S/ 77,908.00, quienes resultaron ganadores del Esquema Financiero E049-2017-01 denominado "Estudios sobre Mujeres Peruanas en la Ciencia", aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 094-2017-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 012-2018-FONDECYTUPP-UAJ-USM (en adelante el Informe Técnico Legal), mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, a favor de: La Pontificia Universidad Católica del Perú ­ Centrum Católica (S/ 25,908.00); de Salud Sin Límites Perú (S/ 26,000.00); y de la Universidad Católica de Santa María ­ Vicerrectorado de Investigación (S/ 26,000.00), por un importe total ascendente a S/ 77,908.00, para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal. Los citados órganos adjuntan copia del Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000220 y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 094-2017-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.1 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y presupuestalmente otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobadas mediante contratos suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, agrega que es viable técnica y legalmente otorgar las subvenciones para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante contratos suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se han verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los contratos suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que las subvenciones solicitadas cuentan con los contratos correspondientes debidamente suscritos y plenamente vigentes, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo

y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 012-2018-FONDECYT-UPPUAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados contratos/ convenios (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 141-2018-CONCYTECOGPP, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable y con la visación de la presente Resolución, ratifica la viabilidad de la presente autorización en el marco de sus competencias, concluyendo que la solicitud de otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas efectuada por el FONDECYT, cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalado en el Informe Técnico Legal Nº 012-2018-FONDECYT-UPPUAJ-USM; Que, con Informe Nº 58-2018-CONCYTEC-OGAJMPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído Nº 167-2018-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 012-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, y en el Informe Nº 141-2018-CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo del FONDECYT, de la Responsable de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; y la Resolución de Presidencia Nº 021-2018-CONCYTEC-P que aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 77,908.00 (Setenta y Siete Mil Novecientos Ocho y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente:
Tipo de Proyecto cofinanciamiento Denominación del Proyecto Institución Pontificia Universidad Católica del Perú Centrum Católica Monto Total S/

Aspectos que influyen y condicionan el trayecto de las mujeres para el Proyecto acceso y su desarrollo laboral en carreras vinculadas a la Ciencia, Tecnología e Innovación. Subvención a persona jurídica privada El acceso de las mujeres a carreras de Ciencia y Tecnología en Iquitos desde la mirada del género y la interculturalidad: Un estudio cualitativo. "SUMAJG WARMI": Situación, retos y oportunidades de mujeres científicas en la costa, sierra y selva del Perú. Total S/

25,908.00

Proyecto

Salud Sin Limites Perú

26,000.00

Proyecto

Universidad Católica de Santa María 26,000.00 Vicerrectorado de Investigación 77,908.00

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