Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2018 (28/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Lunes 28 de mayo de 2018 /

El Peruano

documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ­ UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas ­junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes­ que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana"; Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural; Que, a través del escrito presentado el 22 de junio de 2017, el señor David Lezama Abanto, coordinador de los pobladores artesanos en cerámica del distrito de Chancay, solicita declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a la "cerámica en ollas de piedra", del distrito de Chancay, provincia de San Marcos, departamento de Cajamarca; pedido que fue remitido por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Informe N° 000031-2017/DDC CAJ/MC de fecha 23 de junio de 2017; Que, con Informe N° 000187-2017/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC de fecha 3 de julio de 2017, la Dirección de Patrimonio Inmaterial informa a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca sobre las observaciones efectuadas a la solicitud presentada; las cuales fueron subsanadas a través del escrito presentado el 24 de julio de 2017; Que, mediante Informe N° 900046-2018/DGPC/ VMPCIC/MC de fecha 17 de mayo de 2018, la Dirección

General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe N° 900018-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de fecha 16 de mayo de 2018, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomienda declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, las técnicas y las prácticas asociadas a la producción de la cerámica denominada "ollas de piedra", del distrito de Chancay, provincia de San Marcos, departamento de Cajamarca; Que, el distrito de Chancay se ubica en la provincia de San Marcos a 72 km de la capital del departamento de Cajamarca. Se encuentra a 2685 msnm, tiene 18 anexos y una población de 4000 habitantes que se dedica a la agricultura y a la cerámica; Que, los conocimientos y técnicas en la elaboración de la cerámica conocida como ollas de piedra de Chancay se sustentan en siglos de creación cultural a lo largo de los cuales los ceramistas de la región han ido desarrollando técnicas tradicionales para el manejo de diversos insumos, entre los que destacan abundantes yacimientos de antracita y arcilla. La antracita es un carbón mineral con alto nivel de carbono, negro brillante y muy duro que, pulverizado, se mezcla con la arcilla y es llamado piedra campana, en el caserío de Socchagón, por la calidad de su sonido al golpear el ceramio. Esta cerámica es trabajada desde tiempos prehispánicos y ha tenido, a lo largo del tiempo, una permanente demanda de la población por las cualidades de duración de las ollas. Las piezas producidas son utilizadas en la cocina regional y para el consumo de la bebida llamada chicha, entre otras; Que, desde tiempos prehispánicos existió producción de cerámica en la región. La llamada Tradición Cajamarca o Cultura Cajamarca, según la arqueóloga Marcela Olivas, fue un proceso cultural autónomo y original, cuyos vestigios corresponden al Horizonte Temprano, aproximadamente 1000 años a.C. Posteriormente, para los 300 a 600 d.C., la Cultura Cajamarca se desarrolló en dos fases, sin mayor relación con otros estilos regionales, las cuales se caracterizan por sus vasijas de caolín (arcilla blanca) con motivos geométricos sencillos a base de pintura negra y marrón, llamado estilo cursivo temprano. Posteriormente, las fases III y IV desarrollaron los estilos cursivo clásico, cursivo floral y trípode en relación a la decoración y las formas que adoptan las vasijas. Estilos que prevalecieron hasta la aparición de los Incas, quienes para imponer su dominio implantaron ceramistas provenientes de los actuales territorios de Chiclayo, Reque y Pimentel, que hacían ollas y otras vasijas para el Incanato; Que, respecto al uso de la antracita en el Perú Antiguo como componente de la pasta de arcilla no se tienen evidencias claras, solamente existen referencias de su uso como espejo junto con la pirita, apareciendo por primera vez en el Precerámico final, usándose exclusivamente como material para el tallado y pulido, pero no combinado con la arcilla. Sin embargo, según Isabelle Clara Druc en la cerámica prehispánica sí hay referencias sobre el uso de la piedra pizarra como desgrasante en la provincia de Huari y Áncash; mientras que Julio C. Tello lo mencionaba explícitamente con la denominación de shashal, como tierra pizarrosa que se agrega a la arcilla. Actualmente, el shashal de una mina de Yacya en Huari arroja el 75,22% de carbón y se acerca a los contenidos del mismo en la antracita, pero es muy variable y puede disminuir a 1,07% de carbón. Entonces, de confirmarse la existencia de la antracita en la piedra pizarra se podría sostener su uso en la cerámica prehispánica. En dicha región las ollas hechas con este material también son llamadas ollas de piedra, por su consistencia. Cabe señalar que, la antracita o las reservas de carbón mineral en el Perú se encuentran en los departamentos de Áncash, Cajamarca, La Libertad y Lima; Que, con la conquista del Tawantinsuyu los españoles trajeron nuevas tecnologías que incluían el empleo del torno, el horno cerrado y la cerámica decorada con baño de vidrio y óxidos metálicos para los colores, además de su diversidad de formas. De acuerdo a lo señalado por Marcela Olivas, paralelamente se continuó con la producción de

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