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10 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de noviembre de 2018 / El Peruano Arqueológicos Prehispánicos son los bienes inmuebles que constituyen evidencia de actividad humana de época prehispánica, con fi nes de registro, delimitación, investigación, conservación, protección y gestión, los que se clasi fi can en Sitio Arqueológico, Zona Arqueológica Monumental, Paisaje Arqueológico; Que, a través de la Resolución Directoral Nacional N° 196/INC de fecha 2 de abril de 2003, se declaró al Sitio Arqueológico Yalape, ubicado en el distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informes N° 000265-2017/DSFL/ DGPA/VMPCIC/MC y N° 900416-2018/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, en uso de sus facultades previstas en los numerales 62.7, 62.8 y 62.9 del artículo 62 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC (en adelante ROF), recomienda modi fi car la clasi fi cación y aprobar el expediente técnico de delimitación ( fi cha técnica, memoria descriptiva y plano) de la Zona Arqueológica Monumental Yalape, ubicada en los distritos de Levanto y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; Que, mediante Certi fi cado de Búsqueda Catastral N° 4554100 emitido el 7 de agosto del año 2017, la O fi cina Registral de Chachapoyas de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, determinó que el predio rústico denominado “Monumento Arqueológico Prehispánico-Yalape” con un área de 165.3284 se encuentra totalmente sobre la Comunidad Campesina de Levanto inscrita en la Partida N° 02014526; Comunidad que fue noti fi cada respecto del procedimiento de aprobación del expediente técnico de la Zona Arqueológica Monumental Yalape, otorgándosele el plazo de diez (10) días hábiles para que ejerza su derecho de presentar alegaciones; no presentándose alegación alguna; Que, mediante Informe N° 900004-2018MSM/DCP/ DGPI/VMI/MC, la Dirección de Consulta Previa, concluyó como resultado de las labores de trabajo de campo, la inexistencia de pueblos indígenas u originarios de la comunidad campesina de Levanto, la cual no da cuenta de criterios objetivos y el criterio subjetivo de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios, en el marco de las defi niciones y criterios que establece la Resolución N° 365-2017-MC; Que, por Informe N° 900320-2018/DGPA/VMPCIC/ MC de fecha 24 de octubre de 2018, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emite opinión favorable a la propuesta de aprobación del expediente técnico de delimitación de la Zona Arqueológica Monumental Yalape, elevando el expediente al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que continúe con el trámite que corresponde; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; en el Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2014-MC; y, la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional N° 196/INC de fecha 2 de abril de 2003, en relación a la ubicación y clasi fi cación del Sitio Arqueológico Yalape, ubicado en el distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; quedando redactado de la siguiente manera: “Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Yalape, ubicada en los distritos de Levanto y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas”. Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico (plano, memoria descriptiva y fi cha Técnica) de delimitación de la Zona Arqueológica Monumental Yalape, de acuerdo al Plano, área, perímetro y coordenadas siguientes: Nombre de la Zona Arqueológica MonumentalN° de Plano en Datum WGS84Área (m2) Área (ha)Períme- troUTM EsteUTM Norte YalapePP-035_ MC_DGPA- DSFL-2017 WGS841653283.79 165.328379 6062.01 179960 9303524 Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica Monumental Yalape y plano señalado en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar la Zona Arqueológica Monumental Yalape, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certi fi cada de la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de Chachapoyas, Municipalidad Distrital de Levanto, Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, COFOPRI, Municipalidad de Provincial de Chachapoyas, Gobierno Regional de Amazonas y al Ministerio de Agricultura y Riego, para efectos de que la Zona Arqueológica Monumental Yalape sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1709029-1 DEFENSA Modifican el Anexo de la R.M. Nº 2039- 2017-DE/MGP, en el sentido de considerar a oficial, como integrante de la dotación del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1625-2018 DE/MGP Lima, 30 de octubre de 2018Vista, la Carta G.500-4067 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 31 de julio de 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2039-2017- DE/MGP, de fecha 13 de diciembre de 2017, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval, para que participe en la Vigésimo Quinta Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXV, a bordo del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171), a realizarse del 14 de diciembre de 2017 al 13 de marzo de 2018, habiéndose considerado, entre otros, al Teniente Primero José Luis SÁNCHEZ Malpartida, como integrante de la dotación de la referida Unidad Naval; asimismo, se contempló el pago por concepto de Asignación Especial por Estadía en Puertos Extranjeros, por un período total de DOCE (12) días;