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23 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de noviembre de 2018 El Peruano / Que, con fecha 2 de abril de 2018, la empresa LATAM LOGISTIC PER PROPCO LURIN I S.R.L. solicita a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada–PROINVERSIÓN, la suscripción de una Adenda al Contrato de Inversión con la fi nalidad de incrementar el compromiso de inversión, ampliar el plazo para la ejecución de la misma y ampliar la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción, aprobados mediante la Resolución Ministerial Nº 189-2018-PRODUCE, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 271-2018-PRODUCE; Que, con el O fi cio Nº 652-2018/PROINVERSIÓN/ DSI, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN remite para opinión del Ministerio de la Producción el Informe Técnico N° 83-2018-DSI y el Informe Legal N° 071-2018/DSI, a través de los cuales se emite la opinión técnica y legal, concluyendo entre otros, que se considera procedente la suscripción de la Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión, así como el Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo I forma parte integrante de la Adenda del Contrato de Inversión; Que, en ese sentido, a través de los Informes Nºs. 014 y 015-2018-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/DN, y de los Informes N°s. 004 y 007-2018-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/DN-cmurillo, la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, emite opinión técnica favorable y otorga su conformidad respecto de la suscripción de la Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión, así como, del Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo I forma parte de la Adenda, y de la Lista de Servicios que serán incorporados en la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción, en el marco del Decreto Legislativo N° 913 y su Reglamento; así como, a través del Informe N° 973-2018-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, se emite opinión legal favorable respecto de la suscripción de la Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión; Que, el 26 de julio de 2018, la empresa LATAM LOGISTIC PER PROPCO LURIN I S.R.L., el Ministerio de la Producción y PROINVERSIÓN suscriben la Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión, a fi n de modi fi car la Cláusula Segunda del referido Contrato, con el objeto de: (i) incrementar el monto de la inversión comprometida de US$ 52 776 334,00 (Cincuenta y Dos Millones Setecientos Setenta y Seis Mil Trescientos Treinta y Cuatro y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a un monto de US$ 56 006 904,00 (Cincuenta y Seis Millones Seis Mil Novecientos Cuatro y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); y, (ii) ampliar el plazo para la ejecución a dos (2) años, nueve (9) meses y veintiséis (26) días, contado a partir del 04 de setiembre de 2017, fecha de la presentación de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión; Que, mediante el O fi cio Nº 2500-2018-EF/13.01, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe Nº 224-2018-EF/61.01 de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, con el cual concluye que es procedente la aprobación del Listado de Servicios que la empresa LATAM LOGISTIC PER PROPCO LURIN I S.R.L. solicita incorporar en la Lista de Bienes, Servicios y contratos de Construcción, aprobada por Resolución Ministerial Nº 189-2018-PRODUCE y modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 271-2018-PRODUCE, a efectos que el Ministerio de la Producción emita la opinión correspondiente; Que, con el Memorando N° 1108-2018-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPAR, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, remite el Informe N° 012-2018-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/DN-cmurillo de la Dirección de Normatividad, con el cual se emite opinión favorable y se propone que mediante Resolución Ministerial se apruebe la modi fi cación de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción, del monto de inversión y del plazo de ejecución de la inversión a ser realizada por la empresa LATAM LOGISTIC PER PROPCO LURIN I S.R.L.; Que, en consecuencia, por lo expuesto en los considerandos precedentes y de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 913 y su Reglamento, corresponde emitir la Resolución Ministerial mediante la cual se aprueba la modi fi cación de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción, del monto de inversión y del plazo de ejecución de la inversión a ser realizada por la empresa LATAM LOGISTIC PER PROPCO LURIN I S.R.L.; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y modi fi catorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF y sus modi fi catorias, el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción Modi fi car la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción, a favor de la empresa LATAM LOGISTIC PER PROPCO LURIN I S.R.L., aprobada mediante Resolución Ministerial N° 189-2018-PRODUCE, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 271-2018-PRODUCE, incorporándose a la citada Lista el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Modi fi cación del monto y plazo de inversión del proyecto Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de inversión a cargo de la empresa LATAM LOGISTIC PER PROPCO LURIN I S.R.L. asciende a US$ 56 006 904,00 (Cincuenta y Seis Millones Seis Mil Novecientos Cuatro y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ser ejecutado en un plazo total de dos (2) años, nueve (9) meses y veintiséis (26) días, contado a partir del 4 de setiembre de 2017, fecha de la presentación de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión. Artículo 3.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas Establecer, para efectos del numeral 6.3 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que la vigencia de la Lista de Servicios adicionales del Anexo adjunto a la presente Resolución Ministerial, serán de aplicación a las solicitudes de devolución respecto a los servicios a partir del 2 de abril del 2018, fecha de presentación de la solicitud de aprobación de la nueva lista de servicios presentada por la empresa LATAM LOGISTIC PER PROPCO LURIN I S.R.L. Regístrese, comuníquese y publíqueseRAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción ANEXO I I. SERVICIOS 1 Servicios de gestión gerencial2 Servicios de preparación y monitoreo del presupuesto de construcción 3 Servicios de dirección y supervisión de las tareas realizadas por el gerente del proyecto 4 Servicios de veri fi cación y control de diversas actividades de gestión del proyecto. 1709593-1