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27 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de noviembre de 2018 El Peruano / al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1709260-1 Modifican la R.M. N° 0591-2018/RE, que autoriza viaje de funcionario diplomático a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0654/RE-2018 Lima, 6 de noviembre de 2018VISTA:La Resolución Ministerial N.° 0591-2018/RE, de 17 de octubre de 2018; CONSIDERANDO:Que, mediante resolución de vista, se autorizó el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Enrique Bustamante Llosa, Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 18 al 24 de octubre de 2018; Que, se ha advertido que existe un error material en la resolución ministerial de Vista; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley N.° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N.° 0591-2018/RE, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Enrique Bustamante Llosa, Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 18 al 26 de octubre de 2018, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.” Artículo 2.- Ampliar en US$ 1,080 (mil ochenta y 00/100 dólares americanos) el monto de viáticos asignados en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N.° 0591-2018/RE, por dos días adicionales de comisión de servicios, con cargo al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3.- Dejar subsistente en todo lo demás, el contenido de la Resolución Ministerial N.° 0591-2018/RE. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1709403-1TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencia financiera del Programa “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para pago del Aporte Total de 27 convenios en el marco de la NCOEX NC-02 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 281-2018-TR Lima, 6 de noviembre de 2018VISTOS: El O fi cio N° 296-2018-MTPE/3 del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, los Informes N°s. 513 y 524-2018-TP/DE-UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; los Informes N°s. 1363 y 1385-2018-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Plani fi cación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 392-2018-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; los O fi cios N°s. 1131 y 1142-2018-MTPE/3/24.1 y el Informe N° 02-2018- TP/DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorándum N° 872-2018-MTPE/4/9, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 2711-2018-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modi fi cado por los Decretos Supremos N°s. 004-2012-TR y 006-2017-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema y/o afectada parcial o íntegramente por una emergencia o desastre natural, de acuerdo a la información que proporcione el organismo rector competente; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N°s. 215 y 234-2014-TR, 027-2017-TR, 003 y 051-2018-TR, establece que dicho objeto se cumple con el fi nanciamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica intensivos en mano de obra no cali fi cada (MONC) presentados, entre otros, por los gobiernos locales; así como con el fi nanciamiento de actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) ante la ocurrencia de desastres naturales y los peligros inminentes declarados según la norma de la materia; Que, el literal b) del artículo 7 del acotado Manual establece como una de las modalidades de acceso al Programa a los proyectos “No Concursables”, la cual contempla la selección de proyectos a través de un Comité Especial, de acuerdo a los Lineamientos que para este fin apruebe el Programa, en los cuales, entre otros aspectos, se establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos correspondientes. Esta modalidad considera la ejecución de proyectos, en casos excepcionales, de infraestructura social y económica, para mitigar los daños ocasionados por desastres naturales, crisis internacional, entre otros; Que, el artículo 29 del referido Manual dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias fi nancieras a organismos ejecutores;