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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (07/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

3 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de noviembre de 2018 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional; tiene entre otras competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el numeral 1 del artículo 9 de la citada Ley dispone como función exclusiva del MVCS, desarrollar y aprobar tecnologías, metodologías o mecanismos que sean necesarios para el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales, en el ámbito de su competencia; Que, el artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, tiene entre otras funciones las siguientes : “b) Proponer o aprobar y difundir normas, planes, reglamentos, lineamientos directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional en las materias de construcción y saneamiento, en el marco de las políticas y normas que se vinculen”; y, “d) Proponer actualizaciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones en coordinación con los sectores que se vinculen, en el marco de los Comités Técnicos de Normalización, según la normatividad vigente”; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA aprueba el Índice y la Estructura del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aplicable a las Habilitaciones Urbanas y a las Edi fi caciones, como instrumento técnico normativo que rige a nivel nacional, el cual contempla sesenta y nueve (69) Normas Técnicas; asimismo, en los artículos 1 y 3 señala que corresponde al MVCS aprobar mediante Resolución Ministerial, las normas técnicas de acuerdo al citado Índice, así como sus variaciones según los avances tecnológicos; Que el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, dispone que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, con el documento del visto, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección de Construcción, sustenta la propuesta de modi fi cación de la Norma Técnica EM.070 “Transporte Mecánico”; la misma que ha sido materia de evaluación y aprobación por la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, conforme consta del Informe Nº 005-2018-CPARNE, y del Acta de Sesión de fecha 18 de julio de 2018, correspondiente a su Sexagésima Octava Sesión; por lo que es necesario disponer su publicación a efectos de recibir sugerencias y comentarios de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente resolución ministerial en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA que aprueba el Índice del Reglamento Nacional Edi fi caciones; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Norma Técnica EM.070 “Transporte Mecánico” del Reglamento Nacional de Edifi caciones, aprobada por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro de los diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Consolidación de la Información Encárguese a la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la consolidad de las sugerencias y comentarios que se presenten respecto del proyecto normativo señalado en el artículo precedente, que se recibirán a través del portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en el link “Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Norma Técnica EM.070 Transporte Mecánico” Artículo 3.- Publicación y Difusión Encárguese a la O fi cina General de Estadística e Informática la publicación de la presente Resolución Ministerial y de la Norma Técnica a que se re fi ere el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1709699-2 Disponen la publicación en el portal del Ministerio, del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador en Materia Ambiental del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 377-2018-VIVIENDA Lima, 6 de noviembre de 2018VISTOS: el Informe Nº 1075-2018-VIVIENDA/VMCS- DGAA-DGA de la Dirección de Gestión Ambiental; el Informe Nº 196-2018-VIVIENDA-VMCS-DGAA de la Dirección General de Asuntos Ambientales; el Informe N° 919-2018-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, dispone que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como, el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente; Que, es Política del Estado peruano la gestión sostenible de los recursos hídricos en concordancia con las normas ambientales, la mejora de la calidad