Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2018 (08/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 8 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Año Fiscal 2018 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con Resolución Ministerial N° 304-2018-MINAGRI, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP del MINAGRI del Año Fiscal 2018; Que, mediante Resolución Ministerial N° 561-2014-MINAGRI, de fecha 07 de octubre de 2014, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego, el mismo que fue reordenado mediante las Resoluciones Ministeriales N°s. 0612-2018-MINAGRI, 084-2015-MINAGRI, 0076-2016-MINAGRI, 0492-2016-MINAGRI, 0107-2017-MINAGRI, 0389-2017-MINAGRI, 0092-2018-MINAGRI y 0380-2018-MINAGRI; Que, el numeral 5.1 de la Directiva N° 001-82-INAPDNP, denominada Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público, aprobada con Resolución Jefatural N° 019-82-INAP-DIGESNAP, establece que los PAP son documentos en los cuales se consideran el presupuesto para los servicios específicos de personal permanente y del eventual en función de la disponibilidad presupuestal y el cumplimiento de las metas de los SubProgramas, actividades y/o Proyectos de cada Programa Presupuestario, previamente definidos en la estructura programática, teniendo en cuenta los CAP y lo dispuesto por las normas de austeridad en vigencia; Que, de otro lado, el numeral 7.3.1 de la Directiva N° 001-82-INAP-DNP, establece como causal de modificación del PAP: "a Por variación de las remuneraciones básicas resultantes de la recategorización, en cumplimiento de disposiciones legales"; causal de modificación que, conforme a lo señalado en el Informe Legal N°1050-2018MINAGRI-SG/OGAJ, se adecúa al presente caso; Que, mediante el Memorándum N° 1299-2018-MINAGRI-SG-OGGRH e Informe N° 132-2018-MINAGRI-SG-OGGRH la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, ha solicitado a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto otorgar la disponibilidad presupuestal por la suma de S/ 5 164, 704.41 (Cinco Millones Ciento Sesenta y Cuatro Mil Setecientos Cuatro con 41/100 soles), para la modificación del Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP, periodo octubre-diciembre 2018, a efectos de cumplir lo dispuesto en la Sentencia de fecha 28 de junio de 2016 de la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima, que confirma la Resolución N° 13 de fecha 31 de julio de 2015 y ordena que el MINAGRI cumpla con hacer efectivo todos y cada uno de los aspectos que fueron resueltos en el Laudo Arbitral de fecha 25 de marzo de 2013, Sentencia que tiene la calidad de Cosa Juzgada; Que, con Memorando N° 1833-2018-MINAGRI-SGOGPP/OPRES la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que ha evaluado la información alcanzada por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, concluyendo mediante el Informe N° 612-2018-MINAGRI-SG/OGPP-OPRES, que se cuentan con los recursos necesarios en las partidas de gasto de la Genérica de Gasto 2.1 "Personal y Obligaciones Sociales"; por la suma de S/ 5 164, 704.41 (Cinco Millones Ciento Sesenta y Cuatro Mil Setecientos Cuatro con 41/100 soles), por el periodo octubre ­ diciembre 2018, a fin de cumplir con lo dispuesto en el Laudo Arbitral, respecto al incremento de la planilla de remuneraciones; Que, la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que la Entidad, mediante la Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modificaciones al Presupuesto Analítico de Personal PAP previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad sobre su viabilidad presupuestal; Que, asimismo, el numeral 6.8 de la Directiva N° 001-82-INAP-DNP establece que son aprobados por el Titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; Que, conforme a lo señalado en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 y en el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministro de Agricultura y Riego

es la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio, titular de la entidad y del Pliego Presupuestal; Que, en consecuencia corresponde modificar mediante Resolución Ministerial el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Ministerio de Agricultura y Riego del Año Fiscal 2018, en lo referido al periodo octubre ­ diciembre de 2018; Con las visaciones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego; y, De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Resolución Jefatural N° 019-82-INAP-DIGESNAP, que aprueba la Directiva N° 001-82-INAP-DNP, denominada Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público; SE RESUELVE Artículo 1.- Modificar el Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP del MINAGRI del Año Fiscal 2018, aprobado por Resolución Ministerial N° 304-2018-MINAGRI, en lo referido al periodo octubre ­ diciembre de 2018, conforme al documento que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se notifique a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/ minagri), el mismo día de la publicación de Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1710096-1

Crean Unidad Funcional de Integridad Institucional de forma temporal y en tanto se modifiquen los documentos de gestión organizacional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0435-2018-MINAGRI Lima, 6 de noviembre de 2018 VISTOS: El Informe N° 071-2018-MINAGRI-SG/OGPPODOM, de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 117-2018-MINAGRI-SGOGGRH, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe Legal N° 969-2018-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por Ley N° 30048, este Ministerio diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

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