Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2018 (08/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 8 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro de los tres (03) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- De las funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tendrá las siguientes funciones: - Elaborar la propuesta del Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú del Ministerio de Educación. - Coordinar la inclusión del Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú del Ministerio de Educación en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú. - Coordinar la implementación y cumplimiento, por parte de los distintos órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos del Ministerio de Educación, del Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú del Ministerio de Educación. Artículo 3.- Instalación, sesiones y vigencia del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo se instalará en el plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución. El Grupo de Trabajo debe sesionar de manera ordinaria una (01) vez cada dos (02) meses; pudiendo sesionar de manera extraordinaria según sean convocados por el Presidente del Grupo de Trabajo. El Grupo de Trabajo tiene una vigencia hasta ciento veinte (120) días hábiles posteriores a la culminación de la conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú. Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Oficina General de Comunicaciones. Tiene como principal función brindar asistencia y apoyo técnico y administrativo al Grupo de Trabajo. Artículo 5.- De los Gastos El desarrollo de las actividades del Grupo de Trabajo se efectuarán con cargo a los recursos del Pliego 010: Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Las/los integrantes del Grupo de Trabajo, así como sus representantes alternos desempeñan sus funciones de manera ad honórem. Artículo 6.- Publicidad Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1709851-1

Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y el Informe N° 1127-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 242-2018EF se aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, (en adelante la Ley) que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, y a través del Decreto Supremo N° 027-2017-EF, se aprueba su reglamento, modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF y el Decreto Supremo N° 248-2017-EF, en adelante el Reglamento; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, según el literal f) del numeral 6.2 del artículo 6 de la "Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto", aprobada por la Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15, en adelante la Directiva, es función del Órgano Resolutivo designar al órgano que realiza las funciones de UEI, así como a su responsable; y conforme al literal h) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento, es función de la OPMI registrar a los órganos del Sector que realizarán las funciones de UF y UEI, y a sus responsables, en el aplicativo que disponga la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; lo cual se realiza mediante el "Formato N° 3: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones" de la Directiva; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 649-2017-MINEDU de fecha 21 de noviembre de 2017, se designó a la "Oficina de Infraestructura" del Instituto Peruano del Deporte, como órgano encargado de cumplir las funciones de Unidad Ejecutora de Inversiones de dicha institución y se designó como responsable de dicha oficina al señor Mario César Hondermann Gálvez; Que, a través del Informe N° 0556-2018-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, el responsable de la OPMI del Sector Educación sustenta la designación de la "Unidad de Obras y Equipamiento" como Unidad Ejecutora de Inversiones del Instituto Peruano del Deporte y al señor Dalton Paul Dextre Padilla, como su nuevo responsable, conforme a lo propuesto por la indicada institución en sus Informes Nº 001483-2018-UP/IPD y Nº 000077-2018-OI/IPD; Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Programación e Inversiones, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, y sus modificatorias; la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por la Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

Designan a la "Unidad de Obras y Equipamiento" como Unidad Ejecutora de Inversiones del Instituto Peruano del Deporte y su nuevo responsable
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 603-2018-MINEDU Lima, 6 de noviembre de 2018 Vistos, el Expediente N° MPT2018-EXT-0197878, el Informe N° 0556-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la

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