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16 NORMAS LEGALES Jueves 15 de noviembre de 2018 / El Peruano año fi scal acciones destinadas a continuar con el fortalecimiento del sistema administrativo de justicia; Que, mediante el O fi cio N° 1238-2018-MINDEF/DM el pliego 026: Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales para fi nanciar en el presente año fi scal, los requerimientos operativos para la participación de las Fuerzas Armadas (Ejército Peruano y Marina de Guerra del Perú) en la Vigésima Sexta Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXVI; Que, con el O fi cio N° 1909-2018-PRODUCE/SG el Ministerio de la Producción solicita recursos adicionales para el pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, a fi n de fi nanciar la ejecución de acciones integrales de fortalecimiento de capacidades a los pescadores, asistencia técnica y soporte administrativo, adicionales a las que viene desarrollando, generadas a consecuencia de la culminación de la ejecución de inversiones en materia de mejoramiento y construcción de infraestructura pesquera (Desembarcaderos Pesqueros Artesanales) en la costa del país, cuya transferencia y sostenibilidad demanda la ejecución de las referidas acciones; y para el pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, para fi nanciar las acciones de vigilancia y control sanitario de la pesca artesanal, así como las acciones de supervisión y fi scalización de la pesca acuícola, a fi n de garantizar la sanidad e inocuidad en toda la cadena productiva de la actividad pesquera y acuícola; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas proveniente de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 300 266 899,00 (TRESCIENTOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos: O fi cina de Normalización Previsional, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Público, Ministerio de Defensa, Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de los citados pliegos; Que, de otro lado, el artículo 15 del Decreto de Urgencia N° 005-2018, que establece medidas de efi ciencia del gasto público para el impulso económico, autoriza al Poder Ejecutivo, durante el año fi scal 2018, a aprobar transferencias de partidas a favor de la Reserva de Contingencia a la que se re fi ere el artículo 44 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente y de acuerdo a lo informado por los pliegos del Gobierno Nacional que se detallan en el Anexo N° 2 “Transferencia de Partidas de pliegos del Gobierno Nacional a favor de la Reserva de Contingencia” de este Decreto Supremo, según sus proyecciones de gastos al cierre del Año Fiscal 2018, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, han determinado saldos de libre disponibilidad, hasta por la suma de S/ 168 625 000,00 (CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL Y 00/100 SOLES); Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de los saldos disponibles, hasta por la suma de S/ 168 625 000,00 (CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos de los pliegos que se detallan en el Anexo N° 2 “Transferencia de Partidas de pliegos del Gobierno Nacional a favor de la Reserva de Contingencia”; Que, por su parte, el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, dispone límites por la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios en las entidades del Gobierno Nacional señalados en el Anexo Nº 3 “Pliegos sujetos al límite de gasto en bienes y servicios”; siendo que el párrafo 4.2 del artículo 4 del citado Decreto de Urgencia dispone que los límites de gasto establecidos en los literales a) y b) del párrafo 4.1 del referido artículo, pueden ser excepcionalmente incrementados mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, mediante el Memorando N° 1046-2018-EF/41.03 el Ministerio de Economía y Finanzas, solicita el incremento en el límite de gasto en la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios del pliego 095: O fi cina de Normalización Previsional - ONP, de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados en S/ 4 436 401,00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES); Que, la solicitud de recursos adicionales efectuada por el Ministerio de la Producción para los pliegos 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y el pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, contempla la asignación de recursos en la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios, hasta por la suma de S/ 8 804 236,00 (OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES); Que, por tanto, es necesario incrementar el límite de gasto de los pliegos del Gobierno Nacional que se detallan en el Anexo N° 3 “Ampliación de Límite de Gasto en la Genérica de Gasto 2.3 de diversos pliegos del Gobierno Nacional” de este Decreto Supremo; De conformidad con lo señalado en el párrafo 4.2 del artículo 4 y el artículo 15 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, que establece medidas de e fi ciencia del gasto público para el impulso económico, y el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1. Transferencia a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional. 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 hasta por la suma de S/ 300 266 899,00 (TRESCIENTOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos: O fi cina de Normalización Previsional, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Público, Ministerio de Defensa, Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, destinados a fi nanciar los fi nes descritos en la parte considerativa de la norma, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público GASTO CORRIENTE 2.0. Reserva de Contingencia 300 266 899,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 300 266 899,00 ============