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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (15/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Jueves 15 de noviembre de 2018 / El Peruano Asuntos Ambientales Agrarios, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, y con la participación de diversas entidades involucradas en la gestión ambiental del Sector Agrario; Que, en aplicación de lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, que establece: “Los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles”; norma concordante con el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; corresponde que previo a su aprobación se publique el proyecto “Reglamento de Protección y Gestión Ambiental del Sector Agricultura y Riego”, a efecto de recibir aportes y comentarios de los interesados y público en general; Con los respectivos visados del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modi fi cado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto “Reglamento de Protección y Gestión Ambiental del Sector Agricultura y Riego”, el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), por el plazo de diez (10) días útiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Las sugerencias y comentarios podrán ser presentados en la Mesa de Partes de la Sede Yauyos del Ministerio de Agricultura y Riego, ubicado en el Jr. Yauyos Nº 258, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima o a través de la dirección electrónica: gestión_ambiental@minagri.gob.pe. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, recibir, procesar y sistematizar las sugerencias y comentarios que se presenten al proyecto “Reglamento de Protección y Gestión Ambiental del Sector Agricultura y Riego”; al proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y a su Exposición de Motivos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y los documentos mencionados en el artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1712389-1 Aprueban los “Lineamientos para el otorgamiento de autorizaciones forestales para el aprovechamiento de productos forestales diferentes a la madera en asociaciones vegetales no boscosas” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 258-2018-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 13 de noviembre de 2018 VISTO: El Informe Técnico N° 070-2018-MINAGRI-SERFOR- DGPCFFS/DPR de fecha 18 de octubre de 2018 emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Legal N° 239-2018-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ de fecha 30 de octubre de 2018, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la referida Ley Nº 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1283 se modi fi có el artículo 70 de la Ley Nº 29763, que regula las autorizaciones para la extracción de plantas medicinales y vegetación acuática emergente y ribereña, estableciendo que la autoridad regional forestal y de fauna silvestre otorga autorización, hasta por cinco años renovables, para la extracción con fi nes comerciales de plantas medicinales y vegetación acuática emergente en bosques y otros ecosistemas de vegetación silvestre, fuera de áreas con títulos habilitantes vigentes; Que, el mencionado artículo, además, establece que para el otorgamiento de autorizaciones a las comunidades nativas o comunidades campesinas, se requiere el acuerdo de la asamblea comunal conforme a su estatuto, de manera previa a la emisión de la autorización; Que, en ese sentido, con fecha 03 de octubre de 2016, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 224-2016-SERFOR/DE se dispuso la publicación de la propuesta de “Lineamientos para el otorgamiento de autorizaciones para el aprovechamiento de productos forestales diferentes a la madera en asociaciones vegetales no boscosas” con el propósito de recibir comentarios y/o aportes por un plazo de quince (15) días hábiles; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y la O fi cina General de Asesoría Jurídica sustentan la propuesta de los “Lineamientos para el otorgamiento de autorizaciones forestales para el aprovechamiento de productos forestales diferentes a la madera en asociaciones vegetales no boscosas”; que recoge los comentarios y/o aportes considerados pertinentes como consecuencia del proceso de participación ciudadana dispuesta mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 224-2016-SERFOR/DE, recomendando continuar con el trámite para su aprobación; Que, a efectos de dar cumplimiento a lo señalado en los considerandos anteriores, es necesario aprobar los “Lineamientos para el otorgamiento de autorizaciones forestales para el aprovechamiento de productos forestales diferentes a la madera en asociaciones vegetales no boscosas”; Con el visado del Director de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones