Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2018 (17/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 17 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

11

ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío SGC. Werner Carlos Enrique MEIER VON SCHIERENBECK Martínez, CIP. 02833645, DNI. 07831203 y del Teniente Primero Giancarlo BOGGIANO Diez Canseco, CIP. 00004509, DNI. 43766862, para que participen en el 121º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 19 al 23 de noviembre de 2018; así como, autorizar su salida del país el 17 y su retorno el 24 de noviembre de 2018. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa­Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima­Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)­Lima US$. 2,500.00 x 2 personas US$. 5,000.00 Viáticos: US$. 540.00 x 2 personas x 5 días TOTAL A PAGAR: US$. 5,400.00 ------------------US$. 10,400.00

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Directora de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de los Programas Sociales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 319-2018-MIDIS Lima, 15 de noviembre de 2018 VISTO: El Memorando N° 615-2018-MIDIS/VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y el Informe N° 198-2018-MIDIS/SG/OGRH, de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose a la Dirección de Monitoreo de la Gestión de los Programas Sociales, como una unidad orgánica de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2018-MIDIS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual contempla el cargo de Director/a de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de los Programas Sociales, considerado como cargo de confianza; Que, por Resolución Ministerial N° 310-2018-MIDIS, se encargó al señor Henry Alfonso Rebaza Iparraguirre, las funciones del cargo de Director de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, encargo que se considera conveniente dar por concluido; Que, en ese sentido, corresponde designar a la persona que se desempeñará en el cargo de Director/a de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones efectuado al señor Henry Alfonso Rebaza Iparraguirre como Director de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Raquel Galvan Escajadillo como Directora de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1713659-1

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1713510-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.