Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2018 (17/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

24

NORMAS LEGALES

Sábado 17 de noviembre de 2018 /

El Peruano

técnica específica contenida en el Decreto Supremo N° 024-2005-SA; Que, el artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-SA, dispone que el Ministerio de Salud a través de la Oficina General de Tecnologías de la Información, ejerce la responsabilidad de conducir el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas - RENHICE, desde los aspectos técnicos y tecnológicos relacionados a su implementación. Dicha instancia coordina con la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, y demás órganos, unidades orgánicas y organismos públicos especializados adscritos al Ministerio de Salud y otras entidades e instituciones para el apoyo o la asistencia técnica del RENHICE que sean necesarios en coordinación con la PCM; Que, el literal b) del artículo 22 del Reglamento antes mencionado refiere que, para el proceso de acreditación de sus sistemas de información de historias clínicas electrónicas, los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo deben cumplir, entre otros aspectos, con un sistema de información de historias clínicas electrónicas con las identificaciones estándar de datos de salud aprobados con el Decreto Supremo Nº 024-2005SA y demás normas complementarias que el Ministerio de Salud apruebe; Que, mediante Decreto Supremo N° 024-2005SA, se aprueban las identificaciones estándar de datos en salud, como son: Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 001: "Procedimiento Médico en el Sector Salud"; Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 002: "Producto Farmacéutico en el Sector Salud"; Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 003: "Usuario de Salud en el Sector Salud"; Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 004: "Establecimiento de Salud y de Servicio Médico de Apoyo en el Sector Salud"; Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 005: "Unidad Productora de Servicios en Establecimiento de Salud"; Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 006: "Episodio de Atención en el Sector Salud"; Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 007: "Personal de Salud en el Sector Salud"; e Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 008: "Financiador de Salud en el Sector Salud"; Que, conforme al citado Decreto Supremo, el Ministerio de Salud es la instancia encargada de conducir, desarrollar y administrar el Sistema de Identificación Estándar para el registro e intercambio de datos clínicos y administrativos de uso en la atención y en los cuidados de salud de las personas, por lo que, mediante Resolución Ministerial de Salud, puede aprobar los instrumentos y acciones para su implantación y correcta aplicación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 902-2017/ MINSA, se aprobó el Documento Técnico: "Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud", con la finalidad de estandarizar la identificación (clasificación, denominación, codificación y descripción) de los procedimientos médicos y sanitarios del Sector Salud, para los diferentes usos; Que, el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la Oficina General de Tecnologías de la Información es responsable de implementar el gobierno electrónico; planificar, implementar y gestionar los sistemas de información del Ministerio; administrar la información estadística y científica en salud del Sector Salud; realizar la innovación y el desarrollo tecnológico; así como es responsable del soporte de los equipos informáticos del Ministerio de Salud; Que, con los documentos del visto, la Oficina General de Tecnologías de la Información ha propuesto la Creación del Repositorio Nacional de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud ­ RNIEDS, y la creación de la Plataforma de Interoperabilidad para el Sector Salud ­ PIDESALUD, precisando que tales creaciones beneficiarán al Sector, al contar con un solo canal en común en el cual se dispondrán los catálogos de Identificaciones Estándar de Datos en Salud y centralizará su gestión, ya que, al ser un mecanismo de intercambio de información, facilitará este intercambio entre las instituciones del sector

y otras entidades del Estado, logrando la simplificación administrativa que redundará en la disminución de costos operativos y la eficacia del servicio en base a la información estandarizada; Estando a lo propuesto por la Oficina General de Tecnologías de la Información; Que, mediante el Informe N° 572-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal; Con el visado del Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información, del Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Directora General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 0112017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Crear el Repositorio Nacional de Identificaciones Estándar de Datos en Salud ­ RNIEDS, con la finalidad de ser el único punto para almacenar y gestionar los catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud. Artículo 2.- Crear la Plataforma de Interoperabilidad para el Sector Salud ­ PIDESALUD, cuya finalidad es la de permitir el acceso a los catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud y a los servicios de consultas de información a los datos de salud para las entidades. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1713186-1

Designan Director Ejecutivo de la Dirección Administrativa de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1109-2018/MINSA Lima, 14 de noviembre del 2018 Visto, el Expediente N° 18-104316-001, que contiene el Oficio N° 2600-2018-DG-DIRIS LE/MINSA, emitido por el Director General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 259-2018/ MINSA de fecha 28 de marzo de 2018, se designó al contador público Julio Celso Ortega Ortega, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP-P N° 0022) de la Dirección Administrativa de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este del Ministerio de Salud; Que, según Resolución Ministerial N° 909-2018/ MINSA de fecha 04 de octubre de 2018, se designó al cirujano dentista Jim Tulio Romero Lloclla, en el cargo de Jefe de Oficina (CAP-P N° 0031), Nivel F-3, de la Dirección Administrativa de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este del Ministerio de Salud; Que, a través del documento de visto, el Director General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este del Ministerio de Salud, solicita dar término a

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.