Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2018 (20/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Martes 20 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la citada Directiva, señala que dado el carácter financiero del Presupuesto del Sector Público, solo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, con Informe N° 900234-2018/OT/OGA/SG/MC de fecha 6 de noviembre de 2018, la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración informa que se ha realizado el abono de la donación efectuada por el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe ­ FILAC, por un total de US$ 16 896,00 (Dieciséis mil ochocientos noventa y seis con 00/100 Dólares Americanos) con tipo de cambio del día 5 de noviembre de 2018 de S/ 3.359 (Tres con 359/100 Soles) según la SBS (Superintendencia de Banca, Seguros y AFP) equivalente a S/ 56 754,00 (Cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro con 00/100 Soles), según consta en la Cuenta Corriente N° 193-1577093-1-41 del Banco de Crédito del Perú con denominación "Ministerio de Cultura Donación", registro SIAF 17885 y Recibo de Ingreso ­ Y N° 556 de fecha 5 de noviembre de 2018, dentro del clasificador 1.5.5.1.4.99 = Otros ingresos diversos; Que, con Memorando N° 900106-2018/DIN/DGCI/ VMI/MC de fecha 9 de noviembre de 2018, la Dirección de Políticas Indígenas solicita la incorporación de mayores ingresos provenientes de la donación efectuada por el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe ­ FILAC por un total de S/ 56 754,00 (Cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro con 00/100 Soles), para lo cual adjunta el Formato N° 01 "Detalle del crédito suplementario por mayores recursos y/o modificación presupuestaria en el nivel funcional" y el Formato N° 02 "Detalle de incorporación de metas presupuestarias (Físicas) por crédito suplementario y/o modificación presupuestaria en el nivel funcional programático"; Que, mediante Memorando Nº 900530-2018/OGPP/SG/ MC de fecha 15 de noviembre de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que a través del Informe N° 900218-2018/OP/OGPP/SG/MC, la Oficina de Presupuesto a su cargo, manifiesta que se ha realizado el análisis de la información remitida, la cual ha sido contrastada con el reporte de Resumen de Recaudación de Ingresos obtenido del Módulo de Procesos Presupuestarios del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF ­ MPP), evidenciando que se han registrado financieramente los importes que requieren incorporar. Asimismo, señala que considerando la necesidad de contar con dichos recursos para el fomento de la creación y consolidación de espacios de diálogo entre los pueblos indígenas u originarios y el Estado peruano (en los diferentes niveles de gobierno) a partir de la participación de las organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios en los procesos de formulación y seguimiento de las políticas públicas que los involucran, se estima pertinente continuar con los trámites respectivos en el marco de la normatividad presupuestal vigente; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores fondos públicos a incorporar corresponden a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, la Directiva N° 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptación Agradecer y aceptar la donación dineraria efectuada por el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe ­ FILAC, por un total

de US$ 16 896,00 (Dieciséis mil ochocientos noventa y seis con 00/100 Dólares Americanos) equivalente a S/ 56 754,00 (Cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro con 00/100 Soles), en el marco del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional suscrito el 22 de octubre de 2018, que tiene por objeto fomentar la creación y consolidación de espacios de diálogo entre los pueblos indígenas u originarios y el Estado peruano (en los diferentes niveles de gobierno) a partir de la participación de las organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios en los procesos de formulación y seguimiento de las políticas públicas que los involucran. Artículo 2.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura ­ Administración General, por un total de S/ 56 754,00 (Cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro con 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS Fuente de Financiamiento Rubro Unidad Ejecutora 1.5 Otros Ingresos 1.5.5 Ingresos Diversos 1.5.5 1 Ingresos Diversos 1.5.5 1.4 Otros Ingresos Diversos 1.5.5 1.4 99 Otros Ingresos Diversos TOTAL INGRESOS EGRESOS Sección Primera Pliego Unidad Ejecutora EN SOLES : 4 Donaciones y Transferencias :13 Donaciones y Transferencias : 001: Ministerio de Cultura - Administración General

S/ 56 754,00 ---------------S/ 56 754,00 EN SOLES

: Gobierno Central : 003: Ministerio de Cultura : 001: Ministerio de Cultura Administración General Categoría Presupuestal : 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos Producto : 3999999: Sin producto Actividad : 5001905: Construcción de una ciudadanía intercultural Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Gastos Corrientes 2.3 Bienes y servicios TOTAL EGRESOS S/ 56 754,00 ----------------S/ 56 754,00 =========

Artículo 3.- Codificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura ­ Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Presentación de la Resolución Copia de la presente resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto

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