Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2018 (20/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 20 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA disponen que el Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, responsable de gestionar los procesos de vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria, así como demás funciones establecidas en la normativa vigente, teniendo la función de desarrollar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública en el ámbito nacional; así como formular, proponer y monitorear el adecuado uso de herramientas, instrumentos y metodologías para su funcionamiento, respectivamente; Que, asimismo la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es responsable de desarrollar y realizar acciones de monitoreo, seguimiento y evaluación de las evaluaciones estratégicas de su competencia en el ámbito nacional, en coordinación con los actores del Sector Salud y otros sectores del Estado y la sociedad civil, a fin de mejorar o rediseñar las intervenciones estratégicas, conforme al literal f) del artículo 72 del precitado Reglamento de Organización y Funciones; Que, de igual modo, el artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003SA, establece que el Instituto Nacional de Salud tiene como misión, la promoción, desarrollo y difusión de la investigación científica tecnológica y la prestación de servicios de salud en los campos de la producción de biológicos, entre otros; Que, mediante los documentos del visto, el Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades ha propuesto la reconformación del Comité Nacional Asesor para la clasificación de casos de ESAVI, en atención a la normativa vigente sobre vigilancia epidemiológica de ESAVI; Que, en ese sentido, resulta necesario dictar el acto resolutivo que disponga la reconformación del Comité Nacional Asesor para la clasificación de casos de ESAVI conforme a la normatividad vigente; Que, con Informe N° 669-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud emitió opinión legal; Estando a lo propuesto por el Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades, del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Secretario General y de la Viceministra de Salud Pública; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 011-2017-SA y 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Comité Nacional Asesor para la clasificación de casos de ESAVI, que está integrado por: · Médico cirujano Hugo Antonio Mezarina Esquivel, médico pediatra y doctor en Salud Pública, del Hospital de Emergencias Pediátricas. · Médico cirujano Jorge Jesús Cuadros Castro, médico pediatra con maestría en Inmunología con mención en infectología, del Instituto Nacional de Salud del Niño- Breña. · Médico cirujano Inés Caro Kahn, médico neurólogo pediatra, del Instituto Nacional de Salud del Niño- Breña. · Médico cirujano Iván Orlando Espinoza Quinteros, médico neurólogo pediatra, del Hospital Nacional Cayetano Heredia. · Médico cirujano Alexis Manuel Holguín Ruiz, médico infectólogo, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas.

Artículo 2.- El Comité Nacional Asesor para la clasificación de casos de ESAVI tiene como función la clasificación final de casos, de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Sanitaria N° 054-MINSA/DGE-V.01 "Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de Eventos Supuestamente Atribuidos a la Vacunación o Inmunización (ESAVI)", aprobada por Resolución Ministerial N° 0632014/MINSA. Artículo 3.- El Comité Nacional Asesor para la clasificación de casos de ESAVI cuenta con la asistencia técnica del/la Director /a de Inmunizaciones o su representante de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, así como de un representante del Instituto Nacional de Salud y del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades. Dicho Comité Nacional cuenta también con la asistencia técnica de un médico epidemiólogo representante de la Organización Panamericana de la Salud. Los demás órganos y organismos públicos del Ministerio de Salud están obligados a brindar la información y el apoyo técnico que requiera el precitado Comité Nacional. Artículo 4.- El Comité Nacional Asesor para la clasificación de casos de ESAVI se reúne una vez por mes y a solicitud del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades. Artículo 5.- El Comité Nacional Asesor para la clasificación de casos de ESAVI elige entre sus miembros a su Presidente, secretario y vocal. El Presidente convoca a reuniones ordinarias o extraordinarias, a solicitud el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades. Artículo 6.- Facultar al Comité Nacional Asesor para la clasificación de casos de ESAVI, conformado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, a elaborar y aprobar su reglamento interno. Artículo 7.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 947-2007/MINSA. Artículo 8.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1714310-2

Dan por concluida designación de Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Asesoría Jurídica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1127-2018/MINSA Lima, 19 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 792-2018/ MINSA de fecha 28 de agosto de 2018, se designó al abogado Rubén Marcavilca Miranda, en el cargo de confianza de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación a que se refiere el considerando precedente; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

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