Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2018 (20/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 20 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

19

Ministerio de Economía y Finanzas, así como remitir la información que dicha Dirección General requiera. e) Remitir a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, las copias de los Convenios de Inversión, los Contratos de Supervisión y sus respectivas adendas suscritas. Artículo 3.- Delegar al Director/a General de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción, Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Diversificación Productiva, Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, Director/a Ejecutivo/a del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, Presidente/a del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, Director/a Ejecutivo/a del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, Presidente/a Ejecutivo/a del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, como máximas autoridades administrativas respecto de sus Unidades Ejecutoras de Inversiones, las siguientes facultades y atribuciones: (...) s) Suscribir, modificar y resolver los Convenios de Transferencia de competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales y Locales para la formulación y ejecución de proyectos de inversión en las materias previstas en el artículo 2-B del Decreto Legislativo N° 1361. t) Solicitar, suscribir, modificar o resolver con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el Convenio de Asistencia Técnica bajo la modalidad de asesoría. u) Evaluar y/o requerir información adicional, convocar a exposición o realizar consultas a la Empresa Privada sobre la propuesta contenida en la Carta de Intención para ejecutar proyectos de inversión nuevos como las que propongan actualizar estudios de preinversión, de las fichas técnicas o de los Expedientes Técnicos. v) Proponer modificaciones y/o ampliaciones en el contenido y diseño de la propuesta de proyecto de inversión presentada por la empresa privada, previa opinión técnica del órgano competente. w) Aprobar las modificaciones resultantes de la actualización de los estudios de preinversión, de las fichas técnicas o de los expedientes técnicos de los proyectos de inversión. x) Resolver sobre controversias relacionadas al otorgamiento de la buena pro de la empresa privada supervisora. y) Aprobar los importes cuando la propuesta económica exceda el monto total de inversión referencial, en el caso de adjudicación directa prevista en el artículo 128 del Reglamento. z) Comunicar al comité especial el inicio de las funciones correspondientes a las fases de actos previos y/o el proceso de selección. Artículo 4.- Las delegaciones establecidas por la presente resolución son indelegables y deben desarrollarse en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 29230, modificada por el Decreto Legislativo N° 1361, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0362017-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 2122018-EF; así como el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 242-2018-EF." Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1714354-1

Aceptan renuncia de Director de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 516-2018-PRODUCE Lima, 19 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 487-2017-PRODUCE, se designa al señor Heber Amet Fundes Buleje en el cargo de Director de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Heber Amet Fundes Buleje al cargo de Director de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1714352-1

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores para el Referéndum Nacional del 9 de diciembre de 2018
DECRETO SUPREMO Nº 049-2018-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores para el Referéndum Nacional del 9 de diciembre de 2018", fue suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 9 de noviembre de 2018; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.