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9 NORMAS LEGALES Martes 20 de noviembre de 2018 El Peruano / Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la adquisición de motores fuera de borda y deslizadores en sus establecimientos de salud; en virtud de lo cual, con O fi cio N° 3292-2018-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 1 457 036,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), del pliego 011 Ministerio de Salud a favor del pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; De conformidad con lo establecido en el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 1 457 036,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud a favor del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para fi nanciar la adquisición de motores fuera de borda y deslizadores en sus establecimientos de salud, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA PROGRAMA PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y ZoonosisPRODUCTO 3043983 : Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades MetaxénicasACTIVIDAD 5000093 : Evaluación, Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades Metaxénicas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 457 036,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 1 457 036,00 ========== A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 453 : Gobierno Regional del Departamento de Loreto PROGRAMA PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y ZoonosisPRODUCTO 3043983 : Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades MetaxénicasACTIVIDAD 5000093 : Evaluación, Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades Metaxénicas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 457 036,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 1 457 036,00 ========== 1.2 El pliego habilitado en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por unidad ejecutora y genérica de gasto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto en el marco del Programa Presupuestal 0017: Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis”, que forma parte del Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado de la Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1714356-2 EDUCACION Modifican el Anexo de la R.M. N° 040- 2018-MINEDU, que aprobó el Cuadro que contiene el detalle de los c oncursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 627-2018-MINEDU Lima, 16 noviembre 2018CONSIDERANDO:Que, el segundo párrafo de la Décimo Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693,