Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2018 (02/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 2 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES
DECRETA: Artículo 1. Objeto

13

proceso de racionalización y el pago de la bonificación económica por el otorgamiento de la condecoración de Palmas Magisteriales; en virtud de lo cual, con los Oficios Nºs. 3300, 3319, 3518 y 3904-2018-MINEDU/SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos determina que el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de S/ 102 103 445,00 (CIENTO DOS MILLONES CIENTO TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para el financiamiento del pago de los beneficios de asignación por tiempo de servicios, la compensación por tiempo de servicios y los subsidios por luto y sepelio de los profesores nombrados y de los auxiliares de educación nombrados y contratados, así como la compensación por tiempo de servicios y subsidios por luto y sepelio de profesores contratados, el pago de las pensiones de los profesores cesados en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, el costo diferencial de la remuneración íntegra mensual de los profesores que ascendieron en la Carrera Pública Magisterial, el financiamiento de plazas creadas en el marco del proceso de racionalización y el pago de la bonificación económica por el otorgamiento de la condecoración de Palmas Magisteriales; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 102 103 445,00 (CIENTO DOS MILLONES CIENTO TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para financiar lo señalado en el considerando precedente; Que, de otro lado, el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, que establece medidas de eficiencia del gasto público para el impulso económico, dispone límites por la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios en las entidades del Gobierno Nacional señalados en el Anexo Nº 3 "Pliegos sujetos al límite de gasto en bienes y servicios", donde se encuentra entre otros, el pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, siendo el límite de gasto para el citado pliego en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios de S/ 60 516 244,00 (SESENTA MILLONES QUINIENTOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) y en la fuente de financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados de S/ 21 142 414,00 (VEINTIÚN MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES); Que, el párrafo 4.2 del artículo 4 del citado Decreto de Urgencia Nº 005-2018 dispone que los límites de gasto establecidos en los literales a) y b) del párrafo 4.1, pueden ser excepcionalmente incrementados mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, el Ministerio de Educación, mediante el Oficio Nº 3179-2018-MINEDU/SG, solicita el incremento en el límite de gasto del pliego 342: Instituto Peruano del Deporte en la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios, hasta por la suma de S/ 1 109 488,00 (UN MILLÓN CIENTO NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/ 5 547 326,00 (CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para el financiamiento de viáticos, pasajes y gastos de transporte, así como otros gastos priorizados por el Instituto Peruano del Deporte; conforme a lo establecido en el citado Decreto de Urgencia; De conformidad con lo establecido en el párrafo 26.5 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018;

1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 102 103 445,00 (CIENTO DOS MILLONES CIENTO TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de los beneficios de asignación por tiempo de servicios, la compensación por tiempo de servicios y los subsidios por luto y sepelio de los profesores nombrados y de los auxiliares de educación nombrados y contratados, así como la compensación por tiempo de servicios y subsidios por luto y sepelio de profesores contratados, el pago de las pensiones de los profesores cesados en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, el costo diferencial de la remuneración íntegra mensual de los profesores que ascendieron en la Carrera Pública Magisterial, el financiamiento de plazas creadas en el marco del proceso de racionalización y el pago de la bonificación económica por el otorgamiento de la condecoración de Palmas Magisteriales, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y obligaciones sociales

82 514 092,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva PRODUCTO 3000790 : Personal Contratado Oportunamente ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de Recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y obligaciones sociales ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000668 : Desarrollo de la Educación Técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y obligaciones sociales

551 289,00

16 734 676,00

2 303 388,00 --------------------TOTAL EGRESOS 102 103 445,00 ============

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.