Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (02/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 2 de octubre de 2018 El Peruano / Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de la Actividad “Transferencia para las Operaciones Conjuntas para el Control de la Oferta de Drogas” que será fi nanciada con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, la misma que cuenta con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD”, DEVIDA suscribió la Sexta Adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Ministerio Público, para la ejecución de la citada actividad, hasta por la suma de S/ 60,168.30 (sesenta mil ciento sesenta y ocho con 30/100 Soles), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, emitió la Certi fi cación de Crédito Presupuestal N° 01065, entendiéndose que este documento forma parte del informe previo favorable N° 00014-2018-DV-OPP-UPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad al Plan Operativo de la actividad; Que, con los visados de la Gerencia General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú” y los responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina General de Administración y O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera para la ejecución de la Actividad “Transferencias para las Operaciones Conjuntas para el Control de Oferta de Drogas”, hasta por la suma de S/ 60,168.30 (SESENTA MIL CIENTO SESENTA Y OCHO CON 30/100 SOLES), a favor del Ministerio Público conforme se detalla en el Anexo N° 01 que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo primero de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2018 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que el Ministerio Público, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la actividad descrita en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos o actividades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15° de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 del artículo 15° de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo ANEXO N° 01 PROGRAMA PRESUPUESTAL “GESTION INTEGRADA Y EFECTIVA DEL CONTROL DE OFERTA DE DROGAS EN EL PERÚ” N°ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDADTOTAL POR TRANSFERIR S/. 1 Ministerio PúblicoTransferencias para las Operaciones Conjuntas para el Control de Oferta de Drogas60,168.30 TOTAL 60,168.30 1697555-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Unidad Ejecutora “Hospital Nacional Dos de Mayo” para financiar las prestaciones de salud en el marco de los “Convenios de Compra de Servicios de Salud” suscritos con el SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 195-2018/SIS Lima, 1 de octubre de 2018VISTOS: El Informe Conjunto N° 016-2018-SIS/ GNF-SGGS/EAVR-ACE con Proveído N° 654-2018-SIS/GNF, el Informe N° 103-2018-SIS/GNF-SGF/PMRA con Proveído Nº 659-2018-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe N° 036-2018-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído N° 200-2018SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 407-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 703-2018-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados; asimismo, el numeral 15.2 del artículo 15 de la citada Ley, señala que las referidas transferencias deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que dicha resolución debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; adicionalmente, el numeral 15.3 de la misma Ley señala que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó la transferencia; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud; establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe la entidad requiere la suscripción