Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2018 (02/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

22

NORMAS LEGALES

Martes 2 de octubre de 2018 /

El Peruano

Soles) que comprende al 50% de retribución económica y al 6% de derecho designación y supervisión, por el periodo auditado 2018, con el fin que se inicie el proceso de convocatoria del concurso público de méritos y posterior contratación de la empresa de Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la : Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA; Que, a través del Informe N° 000024-2018-DVOPP-UPTO, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, se cuenta con recursos disponibles para financiar la transferencia financiera a que se refieren los considerandos precedentes; asimismo, recomienda realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100 Soles), en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con los visados de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Supremo N° 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA; Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia financiera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, hasta por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios ­ RO, Meta 0041, Actividad 01 ­OGA ­Gestión Operativa de la Oficina General de Administración, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 "Otras unidades del Gobierno Nacional" por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100 Soles). Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La Oficina General de Administración en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines,

metas físicas y financieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda a publicarla en el portal institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, (www.devida.gob.pe), Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo 1697545-1

Autorizan transferencia financiera para la ejecución de la Actividad "Transferencias para las Operaciones Conjuntas para el Control de Oferta de Drogas"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 109-2018-DV-PE Lima, 1 de octubre de 2018 VISTO: El Memorándum N°000187-2018-DV-GG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú ­ GIECOD", detalla la actividad de la ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas - PTCD", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD", precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Informe N° 0119-2018-DV-DAT, la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.