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22 NORMAS LEGALES Martes 2 de octubre de 2018 / El Peruano Soles) que comprende al 50% de retribución económica y al 6% de derecho designación y supervisión, por el periodo auditado 2018, con el fi n que se inicie el proceso de convocatoria del concurso público de méritos y posterior contratación de la empresa de Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la : Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; Que, a través del Informe N° 000024-2018-DV- OPP-UPTO, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, se cuenta con recursos disponibles para fi nanciar la transferencia fi nanciera a que se re fi eren los considerandos precedentes; asimismo, recomienda realizar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100 Soles), en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modi fi ca, entre otros, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con los visados de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Supremo N° 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, hasta por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios –RO, Meta 0041, Actividad 01 –OGA –Gestión Operativa de la O fi cina General de Administración, especí fi ca de gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras unidades del Gobierno Nacional” por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100 Soles). Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La O fi cina General de Administración en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y ENCARGAR al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n de que proceda a publicarla en el portal institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, (www.devida.gob.pe), Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo 1697545-1 Autorizan transferencia financiera para la ejecución de la Actividad “Transferencias para las Operaciones Conjuntas para el Control de Oferta de Drogas” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 109-2018-DV-PE Lima, 1 de octubre de 2018 VISTO: El Memorándum N°000187-2018-DV-GG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú – GIECOD”, detalla la actividad de la ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas - PTCD”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD”, precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° 0119-2018-DV-DAT, la